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Estos son los coches con Etiqueta C que no pueden entrar al centro de Madrid dentro de tres semanas

Etiqueta C DGT

En este artículo te mostramos los vehículos que portan el distintivo ambiental C de la DGT, así como las restricciones a las que se someterán de cara a 2024.

El próximo 1 de enero de 2024 entra en vigor la nueva fase de la Ordenanza de Movilidad Sostenibilidad de Madrid, la cual impide que un determinado grupo de vehículos accedan al centro de la ciudad. En este artículo te contamos todo sobre las nuevas restricciones de movilidad. 

La Ley de Cambio Climático establece que todos los municipios con más de 50.000 habitantes tendrán que contar con una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la que se limitará el acceso a los vehículos más contaminantes. 

Cuáles quedan fuera y cuáles pueden entrar lo determina cada ayuntamiento en base a la clasificación medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), es decir, las conocidas pegatinas de la DGT.

Las tres maneras más rápidas de conseguir la Etiqueta de la DGT para tu coche

En la mayor parte de los casos las restricciones se aplican de manera gradual (de menos a más restrictivas). Un claro ejemplo es Madrid que, a día de hoy, cuenta con dos Zonas de Bajas Emisiones De Especial Protección (ZBEDEP), una en el Distrito Centro, y otra en Plaza Elíptica

Estos son los vehículos que llevan la Etiqueta C de la DGT

La Dirección General de Tráfico lanzó en 2015 una serie de etiquetas medioambientales que permitían clasificar a los vehículos según su grado de contaminación. Desde entonces hasta hoy, se han aplicado una serie de cambios en las restricciones y normativa, los cuales han dotado a los distintivos de una serie de características diferenciadoras, en función de la normativa Euro de emisiones máximas. 

Cada etiqueta presenta un color, unas características, unas ventajas y desventajas, así como unas prohibiciones que las diferencian, como comentaba, de las otras pegatinas de la DGT. Una de las restricciones se enmarca en lo que se conoce como las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), las cuales se aplican sobre aquellas ciudades que superan los 50.000 habitantes

La DGT quiere limitar el acceso de los coches históricos a las ZBE

 Vehículos con etiqueta C de la DGT

El distintivo ambiental C de la DGT es de color verde, y ocupa el tercer escalón del podio en cuanto a las etiquetas más sostenibles, por detrás de la Cero emisiones (de color azul), y la ECO (de color verde y azul). 

En este caso, permite identificar y clasificar a turismos y furgonetas ligeras inscritas en el Registro de Vehículos de la DGT con las categorías M1, N1, M2, M3, N2 y N3. Se incluyen los vehículos M1 y N1 de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 que cumplan con la norma Euro 4 o posterior, y los diésel M1 y N1 matriculados a partir de 2014 que cumplan con la norma Euro 6.

Los vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías de las categorías M2, M3, N2 y N3, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014 que cumplan con la norma Euro 6 también cuentan con la etiqueta ambiental C.

Se trata, por tanto, de vehículos de gasolina o diésel sin ningún tipo de electrificación, por lo que los coches eléctricos, híbridos y de gas quedan excluidos de este distintivo medioambiental. Podrán optar por este distintivo: 

coche radar Guardia Civil
  •  Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015 
  • Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y de transporte de mercancías tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.

Restricciones de los vehículos con etiqueta C a partir de 2024 en Madrid

En lo que respecta al Distrito Centro de Madrid, los vehículos con etiqueta medioambiental C podrán circular por las ZBE, pero no podrán estacionar en cualquier lugar, teniendo en cuenta que deberán aparcar en un aparcamiento regulado y concertado. 

Por tanto y atendiendo a la página web Madrid 360, si tu vehículo es una motocicleta o ciclomotor, podrás acceder a la ZBE del Distrito Centro sin restricción en horario de 7:00 a 22:00. Fuera de este horario deberás contactar con alguna autorización de acceso (estacionar en un parking, invitación de un residente, disponer de una plaza de garaje…). 

Conductores más mayores

 En caso de que tu vehículo sea un turismo, no podrás acceder al Distrito Centro salvo

  • Estaciones en un parking de uso público 
  • Estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid o seas invitado por uno de ellos
  • Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en el Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos. 
  • Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
  • Dispongas de una plaza de garaje particular o seas cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro 
  • Seas una VTC con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro, o un taxi. En ambos casos el vehículo deberá estar asignado a esta finalidad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenibilidad o tratarse de un vehículo acondicionado para que pueda entrar y salir, así como viajar, una persona en su propia silla de ruedas.
  • Dispongas de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER
  • Seas un vehículo destinado a práctica de conducción de una autoescuela ubicada en el Distrito Centro 
Distintivo Cero emisiones DGT
  •  Accedas a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro 
  • Seas un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio exclusivo de dicho servicio
  • Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
  • Sea de personas trabajadoras de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (Entre las 00:00 y las 06:00 hr).

En el caso de la ZBE de Barcelona, únicamente se prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta (A) de lunes a viernes, de 07:00 a 20:00 horas. Esto implica que los que porten la etiqueta C podrán circular y aparcar sin problemas. 

Etiquetas: ZBE, DGT, Madrid 360

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