Esta es la documentación obligatoria para llevar en coche
¿Sabes cuál es la documentación obligatoria para llevar en coche? No has bebido, no ibas más rápido de lo que establece la vía y estás seguro de no haber cometido ninguna infracción. Aún así, si la Policía o la Guardia Civil te dan el alto, te poner nervioso. Entre las dudas que te asaltan una se repite con mayor insistencia: ¿tengo todos los papeles que hay que llevar en el coche?
Antes de pasar a la lista, dos apreciones. La primera, hay documentación que no es obligatoria, pero que si la llevas te puede ahorrar unos cuantos minutos de incómoda espera frente al agente de la autoridad. La segunda, que no tienes por qué llevar los papeles originales, basta con que sea una fotocopia siempre y cuando esté compulsada por un notario o en una Jefatura Provincial de Tráfico.
Ahora sí, hacemos un repaso a la documentación que siempre debes llevar en el coche:
1. Permiso de conducir
Que un agente de Tráfico te pida el permiso de conducir y no lo tengas se puede traducir en una multa de 10 euros. Peor será si comprueban que algún dato no se corresponde con la realidad (por ejemplo, te has cambiado de casa pero no lo has notificado), en cuyo caso la sanción puede ser de 80 euros.
Si el problema está en que tu permiso se ha caducado y no lo has renovado, el castigo será de 200 euros. Y si te ha retirado el carné pero has hecho caso omiso a la orden y sigues conduciendo, te tocará pagar 500 euros y te restarán cuatro puntos. Te puede haber sucedido si has hecho alguna de estas cinco maniobras con las que perderías el permiso por puntos.
2. Permiso de circulación
Es la tarjeta que expide la DGT y en la que se reflejan los datos del coche: matrícula, bastidor, cilindrada, fecha de matriculación y los kilómetros que los apuntan en la ITV...
Si la dejas en casa tendrás que pagar 10 euros; pero si circulas con un coche que no tiene permiso de circulación en vigor, será de 500 euros.
3. Tarjeta de la ITV
Esta solo la tienes que llevar desde el momento en que tu coche cumpla cuatro años ya que antes no es obligatorio pasar el trámite (salvo que hayas hecho alguna modificación que en tu coche que obligue a ello).
Si te piden la tarjeta de la ITV y no la llevas, además de una regañina te caerá una multa de 10 euros. Si el problema es que no has pasado la revisión cuanto te tocaba las consecuencias serán peores: 200 euros de sanción.
En esta galería de fotos puedes ver cómo es la nueva tarjeta de ITV electrónica:
4. Seguro en vigor
Dado que los agentes de tráfico pueden consultar esta información en línea, no es obligatorio llevar el resguardo que atestigua que estás al corriente en el pago del seguro.
Lo que sí es obligatorio es haberlo pagado. Si los responsables del control comprueban que están ante un coche que circula sin seguro, procederán a su inmovilización y el conductor tendrá que hacer frente al pago de una multa cuya cuantía oscila entre 601 y 3.005 euros.
5. Impuesto de circulación
Con el numerito pasa lo mismo que con el recibo del seguro, no es obligatorio llevarlo, pero sí es recomendable. Los agentes pueden ver, por vía telemática, si el conductor ha cumplido con sus obligaciones fiscales; pero puede suceder que en ese momento la cobertura no sea buena o algo falle en los sistemas y lo que iba a ser un parón de tres minutos se convierta en una larga espera.
En este artículo tienes todo lo que debes saber para afrontar el pago del impuesto de circulación 2016.
Fuente: Mapfre
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