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Control informativo de la Policía por confinamiento: ¿pueden multarte? ¿Qué significa?

Control informativo de la Policía por confinamiento: ¿pueden multarte? ¿Qué significa?

El 2 de octubre, parte de la Comunidad de Madrid regresó al confinamiento activando una serie de restricciones de movilidad para sus habitantes. Las medidas entraron en vigor por la noche tanto en la capital como en nueve municipios más, pero no las sanciones para aquellos que incumplan la orden ministerial. Así son los controles informativos de la Policía.

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Tal y como apuntó Enrique López, consejero de Justicia, las comprobaciones que se están llevando a cabo en las localidades confinadas son, meramente, informativas. Por esta razón se ha pedido responsabilidad a la ciudadanía para seguir los dictados de la orden aunque, por ahora, no vayan a recibir ninguna multa por su incumplimiento.

Control informativo de la Policía por confinamiento: ¿pueden multarte? ¿Qué significa?

El aval del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Para entender por qué no se está sancionando es necesario conocer los diferentes pasos que tiene que dar la orden desde que se emite hasta que se ratifica. El 2 de octubre la Comunidad de Madrid publicó las medidas en su Boletín Oficial: esto significa que acata la orden del Ministerio de Sanidad aprobada el pasado 30 de septiembre y da luz verde a la Justicia para que se inicien los trámites necesarios para conceder el aval jurídico con el que se restringe la libertad de movimientos de los ciudadanos.

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En principio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) es el encargado de otorgar esta garantía y para ello dispone de un plazo máximo de tres días. Sin embargo, este período puede ser mayor: cuando se confinaron las 37 zonas básicas de salud, la citada institución tardó cinco días en ratificar la orden para que las autoridades comenzasen a multar. Por lo tanto, habrá que ver cuánto tardan en esta ocasión.

Control informativo de la Policía por confinamiento: ¿pueden multarte? ¿Qué significa?

¿Pueden multarte?

En este lapso de tiempo que transcurre desde la entrada en vigor de la medida hasta su ratificación judicial, la Policía ha puesto en marcha controles informativos para avisar a los ciudadanos afectados porque no pueden sancionarlos sin ese visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Por ahora, los más de 700 agentes que se han desplegado para controlar las nuevas restricciones no han recibido instrucciones para multar a aquellos que se salten el confinamiento perimetral.

¿Qué pasa en esos controles?

Hasta que el TSJM se pronuncie, estos registros serán móviles, aleatorios, informativos y sin multas. Por lo tanto, si te paran en uno de ellos y cuentas con el pertinente justificante que te permite rebasar los límites del confinamiento podrás seguir circulando sin la obligación de dar la vuelta. Si no llevas uno de esos documentos, la patrulla te informará de la situación, no te multará y podría invitarte a deshacer el camino recorrido; algo que depende de cada agente. 

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Eso sí, si algún ciudadano se niega a identificarse o se comporta de manera violenta o agresiva, los cuerpos policiales pueden elaborar una propuesta de sanción y aplicar el castigo correspondiente en virtud de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Ciudadana. Así es cómo muchos actuaron durante el Estado de Alarma. Por último, no olvides que cuando estén facultados para multarte, las sanciones oscilarán entre los 600 y los 600.000 euros.

Etiquetas: Madrid

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