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Cómo solicitar el Plan MOVES III: Requisitos y documentación

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¿Qué es el Plan MOVES III? ¿Qué requisitos y qué documentación tengo que entregar para poder solicitarlo? Te lo contamos todo aquí, en Auto Bild.

El fin de los motores de combustión se está materializando en una política de ayudas e incentivos fiscales que van a dar comienzo a la era del coche eléctrico, así como a varias ayudas enfocadas a la protección del medio ambiente. 

Un ejemplo de esto es el impulso del Plan MOVES III, el cual se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que incluye, entre otras cosas, el despliegue de las infraestructuras de recarga como clave para el impulso del vehículo eléctrico. 

¿Qué es el Plan MOVES III? 

El Plan Moves III es la tercera edición del programa de ayudas del Gobierno de España para la compra de vehículos eléctricos, así como la instalación de sus puntos de recarga. A priori iba a estar vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, pero lo cierto es que se prorrogará hasta el 31 de julio de 2024

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Su presupuesto es de 400 millones de euros, los cuales están destinados a ayudas directas para la movilidad eléctrica y para la infraestructura de recarga. Se trata de subvenciones para la compra de vehículos eléctricos (coches, motos, furgonetas), y coches híbridos enchufables

En cuanto a la ayuda hacia la adquisición de vehículos eléctricos enchufables, la cuantía de la misma puede llegar hasta los 7.000 euros en el caso de vehículos comerciales de hasta 3.500 kg, y hasta los 4.500 euros en el caso de los turismos. 

Por otro lado, el Plan MOVES III también plantea algunas ayudas para el despliegue de las infraestructuras de recarga, las cuales comprenden tanto el espacio público como el privado. En definitiva, al igual que los coches van a estar destinados a ser eléctricos, cada vez está más cerca el fin de las calderas de gas y otros elementos de climatización que provoquen cualquier tipo de gases contaminantes. 

Requisitos para solicitar el Plan MOVES III 

Cualquier particular o empresa puede solicitar la ayuda gubernamental para la compra y adquisición de un vehículo 100% eléctrico, híbrido enchufable o de autonomía extendida. En cualquier caso, se deberá cumplir algunos requisitos... 

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  • El vehículo eléctrico no podrá superar los 45.000 euros (sin IVA)
  • La cuantía puede aumentar hasta los 53.000 euros (sin IVA) para aquellos coches eléctricos de ocho y nueve plazas. 
  • En el caso de los coches de pila de combustible, no existe un tope. 

En cualquiera de los casos el Plan MOVES III está enfocado a los coches nuevos, pero desde verano de 2023 también están disponibles algunos automóviles ya matriculados, de tal manera que, entre los vehículos que pueden ser beneficiarios de esta ayuda económica, también encontramos a los seminuevos, con un máximo de 12 meses de antigüedad, siempre y cuando sean eléctricos. 

Por tanto, los principales destinatarios son: personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF  comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R, W y Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V. 

Además de lo mencionado anteriormente, el Plan MOVES III contempla un incremento del 10% en las cuantías anteriores en caso de que el comprador cumpla alguno de los siguientes requisitos

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  • Personas con movilidad reducida
  • Vehículos destinados al servicio de taxi y VTC
  • Compradores que residan en pueblos de menos de 5.000 habitantes  
Infraestructura de recarga | Imagen generada con Inteligencia Artificial
Infraestructura de recarga | Imagen generada con Inteligencia Artificial

¿Cómo puedo solicitar el Plan MOVES III? 

En primer lugar, es necesario formalizar la compra del vehículo en alguna red de concesionarios o punto de venta. Por ello, hay que solicitar un presupuesto con el importe de lo que nos va a costar el vehículo, de tal manera que nos permita confirmar si el vehículo que vamos a comprar se ajusta, o entra en los parámetros de las ayudas del Plan Moves III (hasta los 45.000 euros). 

A continuación, dependiendo del coche que elijamos, podremos saber cuál es la ayuda que se nos aplicará. Esto mismo se puede consultar a través de la App AEDIVE (Asociación Empresarial para el Impulso y Desarrollo de la Movilidad Eléctrica). 

Con el presupuesto del coche ya se pueden empezar los trámites para solicitar la ayuda. Estos trámites los puede realizar el propio comprador, pero es cierto que en determinadas CCAA sólo se permite que lo haga el concesionario. Normalmente se llevan a cabo de forma telemática, rellenando un documento online con los datos del cliente, los del concesionario, y los del vehículo. 

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¿Qué documentación he de presentar? 

Pese a que varíe ligeramente dependiendo de la CCAA en la que nos encontremos, en la primera fase de solicitud se piden los siguientes documentos

  • Copia del presupuesto / hoja de pedido del vehículo 
  • Copia del NIF/DNI del comprador y, por ende, solicitante de la ayuda
  • En el caso de profesionales autónomos: certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social 
  • Declaración responsable de que no se dispone de otras ayudas similares o bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años
  • Certificado de empadronamiento (para verificar que el solicitante reside en la CCAA donde se solicita la ayuda) 
  • En el caso de que la persona solicitante tenga alguna discapacidad o pertenezca al sector taxi o VTC, se solicita un certificado que lo acredite 

Estos documentos se suben telemáticamente a través de la web que la administración autonómica pone a disposición de los ciudadanos. En esta primera fase, la solicitud y documentación aportada queda registrada en la base de datos del IDAE

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La segunda fase tiene que ver con la solicitud de la documentación de compraventa. En este caso, es imprescindible disponer de firma electrónica en caso de efectuar los trámites de forma online. El Ministerio de Industria reclama lo siguiente en la segunda fase: 

  • Copia de la factura de compraventa del vehículo (debe ser posterior al 9 de abril de 2021) 
  • Documento justificativo del pago de la factura
  • Copia de la ficha técnica del vehículo adquirido 
  • Copia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido 
  • Número de cuenta bancaria para hacer el ingreso de la subvención 

En caso de haber presentado un vehículo para achatarramiento (lo cual aumenta la subvención), habrá que presentar: 

  • Certificado que acredite la baja del vehículo 
  • Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo achatarrado
  • Copia del impuesto de vehículos de tracción mecánica abonado, como mínimo, desde 2020

El Plan MOVES III estará disponible hasta el próximo 31 de julio de 2024, de tal manera que, en caso de querer solicitar dicha ayuda a la movilidad eléctrica, deberás tener toda la documentación a mano,   informarte bien acerca de todos los requisitos que se mencionan anteriormente, así como también saber que, dependiendo de cada Comunidad Autónoma, se aplicarán unas ayudas u otras.  

Etiquetas: Movilidad, plan moves

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