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Los 5 consejos a tener en cuenta para aparcar tu moto en Madrid

Consejos para aparcar tu moto en Madrid

Diego de Arístegui

Con la entrada de la nueva Ordenanza Municipal en Madrid, te contamos los consejos a tener en cuenta para aparcar tu moto en Madrid de forma correcta.

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Todo el mundo habla sobre la nueva Ordenanza Municipal de Madrid y nosotros te contamos los 5 consejos a tener en cuenta para aparcar tu moto en Madrid. El Ayuntamiento de la capital se ha puesto serio con la contaminación y también con su objetivo de dar máxima prioridad a los peatones y a los vehículos no motorizamos en materia de movilidad. Pese a las dificultades que se van a ocasionar, desde Auto Bild vamos a tratar de explicarte todo lo necesario para que no te multen al aparcar tu moto.

Se puede decir que en materia de estacionamiento de motos la nueva Ordenanza Municipal de Madrid delimita muy claramente las situaciones en las que se permite aparcar la moto en acerca, aunque el objetivo final del Gobierno de Manuela Carmena no es otro que ir retirando las motos de las acercas para que estas aparquen en los mismos sitios que los coches.

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A continuación, te mostramos los consejos a seguir para aparcar correctamente tu moto en el centro de Madrid:

1 – Aparca tu moto en parkings destinados a este tipo de vehículos

Una vez completas tu viaje o recorrido con tu motocicleta, el sitio ideal para estacionar según la nueva Ordenanza Municipal será en aquellas zonas que estén reservadas para que las motos puedan aparcar. Estas se encuentran correctamente señalizadas y en ellas verás muchas motos estacionadas. Sin embargo, este tipo de zonas reservadas escasean en Madrid, y si das con alguna de ellas te será difícil encontrar algún sitio libre.

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2 – Aparcar en zonas delimitadas si no hay sitio en parkings de motos

Cuando no puedas estacionar tu moto en las zonas reservadas para este fin, la siguiente opción que debes tener en cuenta es la de aparcar en zonas delimitadas para el aparcamiento. En otras palabras, en las zonas o plazas donde habitualmente estacionan turismos y otros vehículos de motor dentro de Madrid.

3 - ¿Cuándo podrás aparcar en las aceras?

Si en los dos escenarios anteriores no te ha sido posible encontrar aparcamiento, el siguiente paso es intentar aparcar tu moto en la acera. Aquí es donde empiezan las complicaciones por todos los requisitos que has de tener en cuenta para poder aparcar tu moto, ya que en caso de incumplir alguno de ellos, te podrían poner una multa de aparcamiento. Son los siguientes:

  • Aparcar 15 metros antes o cinco metros después de los pasos de cebra en el sentido de la vía
  • Si es una calle peatonal no se podrá aparcar
  • Si existe una señalización de prohibición de estacionamiento, no se podrá aparcar
  • Se podrá aparcar en aquellas vías que no tengan banda de estacionamiento
  • Aparcar lo más cerca posible del bordillo y lo más lejos de los edificios

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4 – Si aparcas cerca del bordillo…

Cuando vayas a aparcar cerca del bordillo, deberás prestar muchísima atención a las dimensiones de la acerca en la que vayas a aparcar. En función de su anchura, deberás seguir las siguientes indicaciones:

  • Si la acera tiene menos de seis metros de ancho, aparcar la moto pegada al bordillo de forma paralela al mismo
  • Si la acera tiene más de seis metros de ancha, se podrá aparcar en ángulo o semibatería
  • Dejar cinco metros de espacio cuando estaciones cerca de paradas de bus, taxis o parkings

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5 - ¿Qué motos pueden circular por el centro de Madrid?

Como bien sabes, además de las limitaciones a la hora de aparcar tu moto en el centro de Madrid, también hay que tener en cuenta las nuevas directrices impuestas para aquellos vehículos que podrán (o no) circular por el centro de la capital. En este punto entran en juego las famosas etiquetas medioambientales.

Para poder circular por la nueva zona denominada Madrid Central, todas las motos que lo hagan deberán contar con su pegatina ecológica correspondiente. De lo contrario, la circulación estará completamente prohibida.

En episodios de alta contaminación y restricción al tráfico, las motos también sufren los efectos de la nueva Ordenanza Municipal. En el Escenario 2, todas aquellas motos sin etiqueta medioambiental no podrán circular por la almendra central ni tampoco por la M-30. Con el Escenario 3 la prohibición es total para todas las motos que circulen sin etiqueta. Con el Escenario 4 y 5 la limitación se amplía a los vehículos con etiquetas B y C, aunque no se ha especificado nada respecto a las motos, que podrían ser una excepción.

Foto: Climate Charge

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