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Límites de velocidad en España: todo lo que necesitas saber

Límites de velocidad en España
Tenlos en mente para evitar multas.

Hoy vamos a hablar claro y conciso sobre los límites de velocidad en España, para que tengas muy presente cuánto puedes pisar el acelerador cuando conduzcas (y te evites odiosas multas). A finales de 2018 entraron en vigor nuevos límites de velocidad, que afectaron principalmente a las carreteras secundarias. Por ello, muchos son los que dudan cuáles son los límites de velocidad en 2019, y cuáles serán los vigentes en 2020.

Además, y esto viene de antes, a pesar de lo que se insiste en este tema en la autoescuela, muchos son los que dudan en algunos aspectos de esta materia, como qué vehículos pueden superar la velocidad máxima para adelantar. Todo esto es lo que vamos a tratar de aclarar hoy; los límites de velocidad en España ya no serán nunca más un problema para ti. 

¿Cuál es el límite de velocidad en España?

Como sabes, la pregunta sobre cuál es el límite de velocidad en España no tiene una única respuesta. Y es que el máximo permitido depende del vehículo y de la vía por la que circula.

En esta tabla con los límites de velocidad de la DGT queda resumida la respuesta de una manera muy clara:

Límites de velocidad 2019

Como ves, el límite de velocidad en España para turismos y motos que circulen por autopistas y autovías es de 120 km/h; por carreteras convencionales, la velocidad máxima en nuestro país es de 90 km/h (esta fue uno de los cambios en los límites de velocidad para 2019). 

Si las carreteras convencionales tienen dos sentidos de circulación separados por una barrera física, el límite de velocidad para turismos y motos será de 100 km/h. Si las carreteras están sin pavimentar, el límite de velocidad en España es de 30 km/h.

Los límites de velocidad en España para autobuses, caravanas y transporte escolar

No todos los vehículos han de respetar los mismos límites de velocidad en España. Así, por ejemplo, autobuses, caravanas y transporte escolar han de circular como mucho, a 100 km/h en autopistas y autovías; a 80 km/h en carreteras convencionales (cifra que llegó con los nuevos límites de velocidad 2019; antes, el máximo eran 90 km/h). Aunque las carreteras convencionales tienen dos sentidos de circulación separados por una barrera física, el límite de velocidad para este tipo de vehículos seguirá siendo de 80 km/h.

Si las carreteras están sin pavimentar, el límite de velocidad en España es de 30 km/h. Esta también fue una de las novedades que trajeron los nuevos límites de velocidad.

Los límites de velocidad en España para camiones y furgonetas

Por último, los límites de velocidad 2019 para camiones y furgonetas son los siguientes:

  • Por autopistas y autovías, a 90 km/h.
  • En carreteras convencionales, a 80 km/h. 
  • En carreteras convencionales con dos sentidos de circulación separados por una barrera física, a 80 km/h.
  • Si la carretera está sin pavimentar, el límite será de 30 km/h.

¿Qué vehículos pueden superar la velocidad máxima para adelantar?

Una de las grandes dudas referentes a los límites de velocidad en España es si se pueden superar al adelantar a otro vehículo. De nuevo, el tipo de vía y el tipo de vehículo vuelven a condicionar la respuesta.

Según el Reglamento General de Circulación (artículo 51): "Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas". 

Coches y turismos, los únicos que pueden

Como puedes ver, solo los turismos y motos pueden superar la velocidad máxima para adelantar, y no en todas las vías (por ejemplo, nunca en autopista, ni en autovía ni en ciudad). 

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Es decir, al adelantar, los coches y las motos podrán superar el límite máximo de velocidad hasta en 20 km/h, siempre y cuando el coche precedente circule ya por debajo de los 90 km/h.

Además, se podrá superar siempre y cuando no exista una señal de límite específico de velocidad, salvo que el límite establecido por dicha señal coincida con la velocidad genérica establecida para dicha vía, que en este caso se considera un recordatorio.

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