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La DGT regula el uso del patinete eléctrico: estas son las multas que te pueden poner

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Atento a su nueva normativa.

La DGT informa de la nueva regulación que afecta a los patinetes eléctricos, y comunica las multas con que sancionar a quienes no la cumplan. Debido al aumento de patinetes eléctricos (sobre todo, por las zonas urbanas), y al hecho de que estos vehículos de movilidad personal se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos, desde Tráfico han creado una instrucción transitoria en la que establece la normativa que han de cumplir los patinetes eléctricos al circular.

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Y decimos transitoria, porque la regulación formal para los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal (VMP) se encuentra actualmente en fase de tramitación. Pero dada la necesidad de que haya una reglamentación, desde la DGT han informado de los criterios y normas a los que están sometidos los patinetes eléctricos dentro de la normativa de tráfico vigente. “Era una petición que nos han realizado policías se tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables” ha señalado Javier Villalba, subdirector de Normativa de la DGT.

La normativa de la DGT que regula el uso del patinete eléctrico

Antes de entrar en materia y explicar la normativa que afecta a los patinetes eléctricos, desde la DGT han querido dejar claro a qué tipo de vehículos afecta. El nombre que emplean para referirse a los patinetes eléctricos a los que afecta esta normativa es el de Vehículo de Movilidad Personal (VMP). Dentro de este reglamento en el que se está trabajando, se entiende que un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo que quedan excluidos de esta consideración:

¿Qué responsabilidad civil tiene el usuario del patinete eléctrico?

  • Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
  • Vehículos concebidos para competición.
  • Vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco.
  • Como norma general, los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.

Qué multas te pueden poner al ir en un patinete eléctrico

Antes de pasar a analizar las multas que pueden poner a los conductores de patinete eléctrico, cabe señalar que a los patinetes no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, no se detraerán puntos al conductor cuando esté claro que el tipo de vehículo que conduce es un VMP.

Con esto en mente, pasemos a detallar las sanciones que te pueden poner por incumplir la normativa para los patinetes eléctricos:

  • Los conductores de patinetes eléctricos tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la  misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol  (500 o 1.000 euros, en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros). Si el conductor del patinete eléctrico da positivo a alcohol o droga, el VMP se inmovilizará, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
  • En caso de negarse a someterse a estas pruebas, serán denunciados como infracción administrativa.
  • Los conductores de patinetes eléctricos, al igual que los de cualquier otro tipo de vehículo, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 euros.
  • De acuerdo a la normativa para patinetes eléctricos, sus conductores también tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 euros.
  • Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación para patinetes eléctricos en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 euros y procederá a la inmovilización del vehículo.
  • Los patinetes eléctricos tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras  (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 euros, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.
  • Los VMP y demás patinetes eléctricos solo pueden llevar a  una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros de multa.
  • Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna de patinetes eléctricos sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 euros.
  • Las ordenanzas municipales son las que regulan las paradas y estacionamientos de los patinetes eléctricos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.
  • En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Atención a los vehículos comercializados como VMP que no lo son

Debido al comercio electrónico y a la posibilidad de adquirir vehículos que se venden como VMP pero que no lo son, la DGT advierte de la importancia de fijarse en las características técnicas del patinete eléctrico, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo.

Además, si se ponen en circulación, patinetes eléctricos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos del reglamento de la UE, se considerará que estos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación, y a sus conductores se les denunciará  con una sanción de 500 euros y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.

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