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¿Pueden ir dos personas a trabajar juntas en un coche?

¿Pueden ir dos personas a trabajar juntas en un coche?
Con el estado de alarma por el coronavirus, se limitan los movimientos de las personas salvo excepciones. ¿Es esta una?

¿Pueden ir dos personas a trabajar juntas en un coche? Con la crisis por el coronavirus, el pasado sábado el Gobierno decretó el estado de alarma con el fin de luchar con el virus y tratar de ponerle fin a la pandemia. Esta nueva situación implica, entre otras cosas, una serie de limitaciones de movimientos. 

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De hecho, se prohíbe la circulación de personas en cualquiera de sus formas: andando, en moto y, claro está, en coche, salvo una serie de excepciones muy concretas. Y, si uno debe desplazarse por estas excepciones debe hacerlo solo. Por ello, la respuesta a si pueden ir dos personas a trabajar juntas en un coche, la respuesta es clara: no, no se puede.

¿Pueden ir dos personas a trabajar juntas en un coche?

De hecho, el real decreto publicado para establecer las medidas del estado de alarma por el coronavirus dice claramente que los desplazamientos solo podrán hacerse: "Individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada". Por ello, es obvio que no pueden ir al trabajo dos o más personas juntas en coche.

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La idea debe quedar clara: solo puede viajar en un vehículo particular una persona, vaya a donde vaya, salvo que se acompañe a personas con discapacidad. Por lo tanto, no pueden ir dos ocupantes en un coche para ir a trabajar, ni para ningún otro motivo, aunque este esté contemplado en las excepciones que sí permiten los desplazamientos de las personas. Recordemos cuáles son estas.

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¿En qué casos si puedo usar el coche dentro del estado de alarma?

El artículo 7 del decreto, que establece la limitación de la libertad de circulación de las personas, y que en su punto 1 dice que durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

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Además, y como ya hemos dicho varias veces en este artículo, los desplazamientos deben efectuarse siempre de manera individual; por ello, no pueden ir dos personas en el coche, ni a trabajar, ni al supermercado, ni a ninguna de las excepciones.

¿Qué multa te pueden poner si te saltas las prohibiciones por el estado de alarma?

Para todos aquellos que se atrevan a saltarse las normas establecidas durante el estado de alarma, el Gobierno ha fijado una serie de multas y sanciones económicas. El incumplimiento será sancionado, según se recoge en el artículo 20 del Real Decreto, que se publicó la noche del sábado 14 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con multas que oscilan entre los 100 y los 600.000 euros, o incluso prisión de tres meses hasta un año, dependiendo de la gravedad de la infracción.

El decreto contempla cuatro tipos de infracciones, como delito contra la protección de la seguridad ciudadana, como delito contra la salud pública, como delito contra la protección civil y como delito contra el código penal. Por su parte, la tipificación de estas infracciones dependerá del delito en sí y de la valoración que efectúen del riesgo los agentes de la autoridad. Si utilizas el coche sin motivo durante el estado de alarma, la multa puede ascender hasta los 30.000 euros.

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