Logo Autobild.es

Cómo aparcar tu moto en Madrid sin que te multen

Aparcar tu moto en Madrid sin que te multen

Diego de Arístegui

Teniendo en cuenta las últimas novedades de la Ordenanza de Movilidad, te explicamos todo lo que tienes que hacer para aparcar tu moto en Madrid sin que te multen.

Todo lo que tienes que saber sobre la normativa Euro4 para motos

Cómo aparcar tu moto en Madrid sin que te multen es una de las preguntas que cada vez más usuarios de moto se hacen. Y es que el Ayuntamiento de Madrid está trabajando en una nueva Ordenanza de Movilidad que afecta directamente al estacionamiento de los vehículos de dos ruedas como parte de sus medidas anticontaminación

Sin embargo, estas iniciativas todavía no se han llevado a cabo, y por tanto hay que tener en cuenta las indicaciones de la anterior ordenanza. En cualquier caso, si sigues leyendo las siguientes líneas, te vamos a contar todo lo que necesitas saber para aparcar tu moto en Madrid sin que te multen. 

VÍDEO: cómo conducir una moto de tres ruedas con el carnet de coche

Para empezar, lo primero que hay que tener en cuenta es lo que recoge la Ordenanza de Movilidad en relación al estacionamiento de motos en Madrid. Según el artículo 62, cualquier vehículo de dos ruedas (ciclomotores, motocicletas y scooters) debe aparcar en los lugares establecidos para ese fin. 

No te pierdas: 'Especial Madrid Central, todo lo que debes saber'

En caso de que dichos espacios no estuviesen disponibles para los usuarios de motos, se podrá aparcar en la cazada junto a la acera teniendo en cuenta lo siguiente: "Podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de dos metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada".  

¿Cuándo puedes aparcar tu moto en la acera?

Este escenario no responde a las necesidades de muchos usuarios que no encuentran aparcamiento en estos lugares. La Ordenanza de Movilidad lo tiene en cuenta, de tal manera que cualquier persona que se vea en dicha situación, puede aparcar la moto en la acera, pero siempre bajo los siguientes supuestos: 

  1. En paralelo al bordillo, siempre lo más cercano al mismo y cuando la acera tenga una anchura inferior a seis metros. No se permiten dos líneas de estacionamiento en la acera. 
  2. Entre los alcorques, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje de la motocicleta, scooter o ciclomotor no se realice en los árboles u otros elementos vegetales.
  3. En semibatería cuando las aceras tengan una anchura superior a los seis metros. 
  4. Fuera de todas las zonas que coincidan con una reserva para personas con movilidad reducida o de carga y descarga. Tampoco se debe estacionar en zonas donde se dificulte la acción de las paradas de transporte público o los pasos de peatones.
  5. Si existe carril-bici, el ancho mínimo disponible de la acera se contará desde el límite interior del carril-bici a la fachada. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.
  6. Aparcar motos en zonas ajardinadas, calles de prioridad peatonal o calles peatonales está completamente prohibido, salvo que exista una señalización que indique lo contrario.
  7. Prohibido aparcar en zonas destinadas al estacionamiento de bicicletas públicas.
  8. Aquellas motos y scooters de más de dos ruedas, se regirán por las normas generales de estacionamiento.

¿Qué novedades trae la nueva Ordenanza de Movilidad respecto a la vigente?

Como te explicábamos antes, el equipo de gobierno de Manuela Carmena está trabajando en una nueva Ordenanza de Movilidad enfocada hacia la supremacía de los peatones frente a los coches y las motos. En lo que respecta a aparcar la moto en Madrid, son dos los aspectos a los que hay que prestar atención: 

  • El aparcamiento de motos estará prohibido si no se deja un espacio de tres metros para el libre tránsito de peatones. 
  • El Consistorio madrileño se plantea también la creación de nuevas "zonas de prioridad peatonal" en las que las motos no podrán estacionar.  

¿Cómo influyen las etiquetas para motos a la hora de aparcar tu moto en Madrid? 

Una de las últimas novedades que se han producido en el tráfico de motocicletas en España es la relativa a las etiquetas medioambientales. Al igual que sucediera con los coches, la DGT ha empezado a poner en circulación etiquetas de esta naturaleza para motos. Su presencia se ha de tener muy en cuenta, sobre todo en los episodios de alta contaminación que conlleven restricciones de tráfico. La intención del Ayuntamiento de Madrid es utilizar las etiquetas ecológicas para limitar la circulación cuando se superen los límites de contaminación en el aire. Este sistema sustituirá al de las matrículas pares o impares. 

Conoce cómo trabajamos en Autobild España.