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La nueva Ley de Tráfico entra en vigor en marzo, pero hay cuatro normas que debes cumplir desde hoy

El conductor, de 35 años, ha sido detenido por un delito contra la seguridad vial

Ayer, 21 de diciembre, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el texto de la nueva Ley de Tráfico. En el libro oficial se dice, textualmente, que las reformas entrarán en vigor tres meses después de su publicación, es decir, el 21 de marzo. Con cinco excepciones, es decir, las normas que debes cumplir a partir de hoy.

"La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE excepto las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII, que entrarán en vigor el día siguiente", señala el BOE.

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Aunque no son tan llamativos como el endurecimiento de la sanción por usar el móvil al volante (que pasa de 4 a 6 puntos) o la supresión del margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias (una de las medidas más polémicas de la nueva Ley), los conductores deben ser conscientes de que a partir de hoy tienen varias nuevas normas que cumplir.

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La Ley de Tráfico 2022 modifica varios puntos del artículo 75, el relativo a las infracciones leves. Surgen de aquí cuatro novedades importantes:

  • No pagar un peaje es considerado, desde hoy, una infracción leve. El texto dice textualmente que se sancionará "el impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles"
  • También se suma a las infracciones leves "incumplir la obligación de los conductores de de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo"
  • Por último, se abre un nuevo cajón desastre de infracciones leves en el que entra el incumplimiento de "las normas contenidas en esta Ley que no se califiquen expresamente como infracciones graves o muy graves en los artículos siguientes"
  • Haceos mención aparte a un matiz importante a la anterior modificación y es que se consideran, desde hoy, infracciones leves las que comentan los "conductores de bicicletas siempre que no comprometan la seguridad de los usuarios de la vía"

Cartas de información para los infractores

Otra de las novedades de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial 2022 abre la posibilidad de que la DGT o el organismo responsable de la sanción pueda remitir una carta informativa al titular de la infracción (que no tiene por qué ser el propietario del vehículo).

El texto legal aclara que la carta deberá ser notificada directamente al conductor que ha cometido la infracción (en este enlace te explicamos cómo identificarle si no es el titular del vehículo) y que tendrá que estar redactada "en la lengua del documento de matriculación del vehículo si se tiene acceso al mismo, o en una de las lenguas oficiales del Estado de matriculación en otro caso".

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