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Así distingue la DGT entre patinetes 'buenos' y 'malos'

Las multas oscilarán entre los 60 y los 1.000 euros

La DGT ha publicado un Manual de características de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir estos vehículos para poder circular por las vías; así como la obligación de que hayan sido certificados por los organismos competentes.

“El objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía”, explica Jorge Ordás, subdirector de movilidad y tecnología de la DGT.

Definición de Vehículo de Movilidad Personal (VMP)

El manual de VMP mantiene la definición de Vehículo de Movilidad Personal como aquel “de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada)”.

Establece también que los VMP “pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h” y que “sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado”.

Vehículos de Movilidad Personal (VMP): qué son, qué normas deben cumplir y qué multas pueden tener

Además, incluye las características técnicas exigibles, la clasificación de este tipo de vehículos y los ensayos a que deben ser sometidos para verificar dichas características.

También establece la obligación a los fabricantes o representantes autorizados a disponer de un certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta que garantice el cumplimiento de una serie requisitos técnicos, así como de identificación para que dichos vehículos puedan circular por las vías.

ITV para patinetes eléctricos

Qué características deben cumplir los VMP desde el 22 de enero

Estas son las características técnicas que se imponen para todos los VMP:

  • La velocidad máxima a la que podrán circular es de 25 km/h, velocidad a la que el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, dispondrá de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia.
  • Deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería
  • Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2
  • Además, los vehículos de más de dos ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento
  • Para mejorar la visibilidad, deben estar equipados de catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo)
  • La luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera

En vigor desde el 22 de enero

El Manual para VMP entró en vigor el 22 de enero; no obstante, se establece un  régimen transitorio, por el que todos los VMP que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 serán marcas y modelos que hayan sido certificados y, por lo tanto aparecerán en el registro. 

Todos los vehículos comercializados hasta el 22 de Enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de Enero de 2027 aunque no dispongan de certificado.

Y es a partir del 22 de Enero de 2027 cuando solamente podrán circular los VMP que cumplan con lo dispuesto en el manual y, por lo tanto, que dispongan de certificado para circular.

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