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Cómo recuperar el carné de conducir si te lo quitan por una enfermedad

Renovación carnet de conducir, ¿cuánto cuesta?

¿Sabías que si te han retirado el permiso de conducir por enfermedad pero la superas puedes recuperarlo? Te contamos cómo...

En la lista de enfermedades por las que la Dirección General de Tráfico (DGT) te puede prohibir conducir las hay que son reparables. Es el caso de las afecciones oculares tales como las cataratas que en ciertos grados pueden impedir conducir con seguridad, pero que se pueden aliviar en el quirófano. La pregunta que nos surge es: ¿se puede recuperar un permiso de conducir que la DGT ha retirado por enfermedad?

Diabetes de tipo 1, enfermedades crónicas y degenerativas, tratamientos oncológicos, problemas relacionados con la vista y enfermedades psiquiátricas son algunas de las afecciones por las que Tráfico puede decidir que no es conveniente que una persona siga conduciendo. En este caso es posible que decidan la retirada del permiso de conducir, de forma temporal o permanente.

Cómo recuperar el permiso de conducir retirado por enfermedad

De la lista de enfermedades que pueden conllevar la retirada del permiso de conducir las hay que son curables o, al menos, con un tratamiento que podría dar lugar a la devolución del permiso de conducir. La clava para conseguirlo está en que sea un médico quien certifique y ponga por escrito que la enfermedad ha sido superada.

"Para recuperar su permiso de conducir el titular deberá obtener un justificante médico positivo que acredite la superación de la enfermedad", explican desde Dvuelta. "Con el mismo pues se puede proceder a la renovación del carnet", añaden.

Nuevo carnet de conducir

Una vez obtenido el certificado médico que acredita que la enfermedad ha sido superada, el titular del permiso debe concertar una cita con un centro psicotécnico. El procedimiento a seguir es el mismo que cuando se trata de renovar el carnet que está a punto de caducar, también habrá que pagar las tasas de tráfico (24,58 euros) salvo para mayores de 70 años que están exentos.

Avisar para evitar la multa

Otro supuesto interesante y casi más frecuente es el que supone un cambio en los requisitos para conducir. Es el caso de las personas que necesitan gafas, lentillas, aparatos de audición... y así lo acredita su permiso de conducción (a través de los números que aparecen reflejados en el anverso).

Si cuando obtuviste el permiso de conducir necesitabas gafas en tu carnet aparecerá el código 01 y en caso de que te den el alto los agentes de la autoridad podrán sancionarte si no cumples la condición. Es por eso que en caso de haber pasado por el quirófano para subsanar este problema de  visual deberás informar a la DGT para que eliminen la condición de tu expediente. 

"Para esto hay que pasar un reconocimiento en un centro autorizado y con eso y el informe médico oftalmológico hay que comunicarlo a la DGT para que nos emitan un carnet sin la anotación correspondiente", apuntan los expertos de la empresa de defensa del automovilista.

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