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Hasta 500 euros, las multas que te puede poner la DGT sin conducir el coche

Acompañantes coche

Los acompañantes que viajan en el interior de un vehículo también están expuestos a poder ser multados. Por si no lo sabías, te lo contamos en este artículo.  

Cuando hablamos de multas de coche, lo más normal es que se te vengan a la cabeza aquellas relacionadas con los límites de velocidad, o con otro tipo de radares, como es el caso de los activados en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), entre otras. 

Sin embargo, debes saber que también puedes ser multado si vas de acompañante en lugar de conduciendo un vehículo. Y no, estas sanciones no son baratas. Así que te convendría seguir leyendo si quieres evitar una de estas multas. 

Estas son las multas como acompañante de un vehículo

Los acompañantes que viajan en el interior de un vehículo, son considerados por el Reglamento General de Circulación (RGC) como “usuarios de la vía”, por lo que también están expuestos a cumplir con la normativa de circulación aplicable. Probablemente te hayan surgido dudas como: ¿Quién debe pagar, la persona que conduce o el acompañante que no ha respetado la ley? Te lo contamos aquí. 

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En este sentido, existen reglas dirigidas específicamente a los pasajeros de un coche. Se sanciona igual que si comete la falta el conductor sólo que, en este caso, los pasajeros no pierden puntos del carné de conducir, sino que deben hacer frente al pago de una sanción de tipo económica. 

Estas son las multas que te pueden poner si viajas de acompañante en un coche: 

Mala postura

Si viajas como acompañante en un coche hay gestos y posturas que no están permitidos, simplemente por motivos de seguridad. Algunos de estos gestos son: poner los pies en el salpicadero (en caso de que vayas sentado de copiloto), sacar el cuerpo por la ventanilla o por el techo (en caso de que sea retráctil), o apoyar el brazo en las ventanas. 

Estas multas oscilan entre los 80 y los 100 euros. Sin embargo, en este caso, si hablamos de responsabilidad, ésta recaerá sobre el conductor, siempre que las autoridades consideren que no está cumpliendo el artículo 18. Es en este en el que se establece que debe: 

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Mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. 

Cinturón de seguridad

Probablemente esta sanción sea la más común. En línea con el caso anterior, si viajas sin usar el cinturón de seguridad de la forma correcta, la multa que te pueden poner asciende a 200 euros. Además, si eres el conductor del vehículo y no llevas el cinturón, también perderás 4 puntos del permiso de conducir.

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Tal y como indica el RGC, “la responsabilidad recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción”. O, lo que es lo mismo, si una de las personas que viaja contigo en el coche no lleva puesto el cinturón, la sanción correrá a su cargo. 

Sistemas de retención infantil: ¡bebé a bordo!

Sistemas de Retención Infantil (SRI) 

Sí, los niños también pueden ser multados. Aquellos que miden menos de 135 cm tienen que viajar, como es de esperar, en un Sistema de Retención Infantil (SRI) y, si no es así, el responsable de la sanción será el conductor. 

En caso de que sea un menor de edad que mide más de 135 cm y no lleva el cinturón de seguridad, ante la sanción “responderán solidariamente sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden”, tal y como indica el RGC. 

En este sentido, también está prohibido que cualquier persona que viaje en el coche lo haga con un menor de edad en brazos. Es decir, deberán hacer uso de esos sistemas de retención. Se trata de una infracción grave, penada con una sanción económica de 200 euros, cuya responsabilidad recaerá sobre el portador del menor. 

Multas falsas de la DGT

Arrojar objetos por la ventanilla 

Si cometes el error (tanto intencionado como si no) de tirar basura al exterior de un vehículo en movimiento, tanto si viajas como acompañante como conductor, la DGT te puede imponer una multa de hasta 500 euros. 

Si el que tira los objetos es el conductor, además de la multa económica, perderá 6 puntos del carné de conducir. Esta sanción fue modificada con la Ley de Tráfico recientemente, y se considera una infracción muy grave. 

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