En 2025 la DGT se pone seria: la tasa 0,2 supone que no podrás tomar nada de alcohol al volante

Con el nuevo límite de 0,2 g/litro de sangre, la DGT fuerza a los conductores a no consumir ningún tipo de bebida alcohólica antes de ponerse al volante.

El alcohol sigue siendo uno de los factores que más inciden en la siniestralidad vial, como el exceso de velocidad o las distracciones al volante. Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) lleva años luchando para concienciar a los conductores acerca de los riesgos que supone el consumo de bebidas alcohólicas para la conducción.

Ahora, el mensaje cobra aún más fuerza, especialmente después de que la DGT anunciara hace tan solo unos días que el número de víctimas mortales en la carretera ha aumentado un 1% en 2024, cuando un total de 1.154 personas perdieron la vida en accidentes de tráfico y 4.634 personas (un 3% más) resultaron heridos graves.

Todo ello ha motivado al Gobierno y al organismo dirigido por Pere Navarro a trabajar en una nueva tasa de alcoholemia permitida al volante. La intención de ambas partes es aprobar una reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) en el que la tasa permitida baje del 0,50 g/litro de sabre a 0,20 g/litro de sangre, un 60% menos.

El nuevo límite obligará a los conductores a no consumir nada de alcohol

La última reforma que afectó a la tasa de alcohol permitida al volante data de 1999, cuando se rebajó el máximo de 0,80 g/litro a los actuales 0,50 g/litro. Más de un cuarto de siglo después, todo parece indicar que es cuestión de tiempo que entren en vigor los nuevos límites de alcohol, que afectarán tanto a los conductores regulares como a nóveles y profesionales.

Con esta medida, la DGT pretende reducir la tasa a 0,0 g/litro de sangre sin llegar a tanto. Tal y como explicó Pere Navarro, este es “un paso que nos da la impresión de que tendrá sus efectos en la reducción de la siniestralidad”, todo ello sin prohibir absolutamente el consumo de bebidas alcohólicas por “técnicamente nos podría crear algún conflicto”.

Desde Xataka exponen que habría situaciones en las que una tasa de 0,0 g de alcohol por litro de sangre supondría un problema, como son los falsos positivos que se pueden arrojar en un control tras haber consumido alimentos cocinados con alcohol que no haya sido correctamente evaporado.

Entonces, permitiendo ese 0,2 g/litro de alcohol al volante, la DGT se cubre evitando este tipo de situaciones poco usuales, aunque posibles. Del mismo modo, obliga a los conductores a no consumir ningún tipo de bebida con alcohol si van a ponerse al volante de un vehículo, ya que con muy poca cantidad de alcohol se puede superar la nueva tasa máxima

Ya lo analizamos hace unos meses y descubrimos que con este nuevo límite es muy fácil superar la tasa máxima permitida. Todo ello varía en función de la persona, ya que los resultados tras haber consumido algún tipo de bebida varían en función del género, la complexión e incluso el hecho de haber tomado esas bebidas comiendo o con el estómago vacío.

Según los cálculos realizados por la DGT, una mujer de entre 50 y 70 kilos de peso no podrá consumir ninguna bebida alcohólica antes de conducir. Mientras tanto, un hombre de entre 70 y 90 kilos apenas cuenta con margen, ya que un tercio de cerveza sería suficiente para superar la nueva tasa permitida.

A esto se une el hecho de cuánto tiempo es necesario para que el organismo metabolice el alcohol ingerido. Esto, nuevamente, varía en función de la persona y el género, pero los cálculos del Ministerio de Sanidad revelan que, con un tercio de cerveza consumido, un hombre necesita 1 hora y 45 minutos para metabolizarlo, mientras que una mujer requerirá 2 horas y 50 minutos.

Multas de entre 600 y 1.000 euros

Y es que una vez entre en vigor el nuevo límite de alcohol al volante, los conductores que hayan decidido tomar una cerveza o un vino antes de ponerse a los mandos de un vehículo a motor se expondrán a una gran multa si son interceptados en un control de alcoholemia de la Guardia Civil o de cualquier otro cuerpo uniformado.

Las sanciones con el límite actual son de 600 euros con la retirada de 4 puntos del carné de conducir si el conductor supera los 0,25 mg/litro en aire espirado, que es el equivalente a 0,50 g/litro de sangre. Este importe aumenta a 1.000 euros y 6 puntos si el conductor es reincidente (más de dos veces en menos de un año).

Hasta los 0,60 mg/litro en aire espirado, la multa será de 1.000 euros y 6 puntos, mientras que, si se sobrepasan los 0,60 mg/litro, además de la multa y la pérdida de puntos el conductor se enfrenta a una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, así como la retirada del carné de conducir de uno a cuatro años.

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Aarón Pérez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España