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Este es el tiempo que se puede aparcar en zona azul de estacionamiento SER sin pagar

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¿Cuánto tiempo se puede aparcar en zona azul de estacionamiento SER sin volver a pagar? Aunque no lo creas, hay un máximo de horas de aparcamiento.

El Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de la Ciudad de Madrid “tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso de espacio público y el estacionamiento de vehículos”, explican desde el Ayuntamiento de Madrid.

El SER determina que hay barrios tipos de plazas diferentes, entre los que se incluyen las plazas verdes, azules, mixtas y de alta rotación. Además, se contemplan dos Ámbitos Diferenciados: el Ámbito Diferenciado Disuasorio (ADD) y Ámbito Diferenciado Hospitalario (ADHOS), o lo que es lo mismo, por motivos socio-sanitarios.

¿Cuánto tiempo se puede aparcar en la zona azul de Madrid?

Cada tipo de plaza tiene una finalidad, con sus propias normas y limitaciones. En el caso de las plazas verdes, son aquellas en las que los usuarios con autorización de residente pueden estacionar sin límite de tiempo dentro de su barrio. Además, en las vías que delimitan con otros barrios pueden aparcar en las plazas de ambas aceras.

Dentro de las plazas verdes, el resto de usuarios pueden estacionar durante un tiempo máximo de dos horas. Una vez alcanzado este máximo, no se puede volver a estacionar en el mismo barrio hasta que no haya transcurrido una hora desde la hora de fin de estacionamiento.

¿Cuánto tiempo se puede aparcar en zona azul de estacionamiento SER sin pagar?

En el caso de las plazas azules, hablamos de aquellas en las que cualquier usuario puede estacionar un máximo de cuatro horas sin limitación. En las vías delimitadoras entre barrios, pueden estacionar en ambas aceras siempre que haya abonado el importe correspondiente al color de la plaza. Al igual que en las plazas verdes, habrá que esperar una hora para volver a aparcar en la zona azul.

En este tipo de plazas hay una particularidad para los usuarios con autorización de residente, ya que pueden estacionar de 20:00 a 21:00 horas dentro de su barrio. En las vías que delimitan con otros barrios, pueden estacionar en las plazas azules de ambas aceras en ese mismo horario.

En cuanto a las plazas de alta rotación, cualquier usuario puede estacionar siempre que el vehículo disponga de etiqueta ambiental de la DGT, previo pago de la tarifa correspondiente a las plazas de alta rotación y sin perjuicio de las exclusiones a la limitación de la duración del estacionamiento y al pago de la tasa. El tiempo máximo de aparcamiento en estas plazas es de 45 minutos.

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Horario del SER

En la zona azul de estacionamiento SER existe un horario en el que hay que abonar la tarifa pertinente por aparcar, pero también existen horas fuera de ese horario donde el aparcamiento es gratuito. De hecho, de lunes a viernes no festivos, entre las 21:00 y las 9:00 horas, el SER no presta servicio, por lo que se puede aparcar sin pagar.

El horario es más amplio en los fines de semana, ya que los domingos y festivos no se presta servicio y los sábados tan solo está activo entre las 9:00 y las 15:00 horas. Este mismo horario es en el que hay que pagar por aparcar en la zona azul de estacionamiento SER en Madrid los días 24 y 31 de diciembre.

Por último, en el horario del Servicio de Estacionamiento Regulado de Madrid, el mes de agosto solo ofrece servicio la mitad de la jornada, es decir, de lunes a sábados no festivos de 9:00 a 15:00 horas. El resto del tiempo es aparcamiento libre y gratuito.

Además, según el artículo 51 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid, hay algunos vehículos que están excluidos de la limitación de la duración del estacionamiento y no sujetos al pago de la tasa. 

Así, los vehículos de dos y tres ruedas, los utilizados para el desplazamiento de personas de movilidad reducida, los que dispongan de la etiqueta ambiental 0 Emisiones de la Dirección General de Tráfico, los vehículos de movilidad urbana, los autotaxis, autotaxis adaptados y eurotaxis; y los vehículos turismo de arrendamiento con conductor (VTC).

Etiquetas: Aparcamiento, Aparcar

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