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Si tengo un coche con etiqueta B de la DGT, ¿puedo entrar al interior de la M30 en Madrid?

coches etiqueta B ZBE

Puedes estar tranquilo.

Media España está adaptándose al concepto de Zona de Bajas Emisiones, puesto que este año se activarán 149 nuevas, pero hay lugares como Madrid en los que ya está implantada desde hace tiempo. Sin embargo, la de la capital tiene una peculiaridad: se expande con los años. Esto lleva dudas como: “¿puedo entrar al interior de la M30 en Madrid si tengo un coche con etiqueta B?”.

Es totalmente comprensible andar algo despistado, pero vamos a aclarar la duda de manera rápida y sencilla: sí, si se puede entrar dentro de la M30 si se tiene un coche con la etiqueta B de la DGT.

Las tres ZBE de Madrid

La capital tiene tres ZBE: la conocida como Madrid Central o Madrid 360, la ZBE de Plaza Elíptica y la ZBE que ocupa toda la almendra central y que año tras año va expandiendo sus límites.

 

En cualquiera de las tres los coches con etiqueta B pueden entrar sin problemas, siendo Madrid Central la única que impone una limitación para ello: si accede a su interior, es necesario que el automóvil aparque, ya sea un parking público o privado, pero no puede hacerlo en la calle ni puede atravesarla sin estacionar, algo que derivará en una multa.

Centrándonos en la ZBE que se expande, la clave está en que los planes anunciados hasta 2025 solo afectan a los coches sin etiqueta y, además, no a todos de la misma manera, puesto que limita de manera distinta en función de si es un automóvil de un residente empadronado en Madrid o si el vehículo está registrado fuera de la capital.

Si tu coche tiene etiqueta B de la DGT, así te van a impactar las nuevas ZBE

Es para estos últimos para los que la normativa es más dura: en 2022 no podían entrar a la zona delimitada por la M30, en 2023 ya está prohibido su acceso incluso a la propia M30, en 2024 tendrá vetada toda el área interior a la M40 y a partir de 2025 tendrán completamente prohibido pisar incluso la autopista de circunvalación.

Los coches sin etiqueta empadronados en Madrid tiene una prórroga de un año, es decir, que se les aplican las restricciones un curso después de a los “foráneos”: prohibida la M30 en 2024. Eso sí, en 2025 el veto en toda la zona delimitada por la M40 (incluida esta) será también para ellos, igualando a todos los sin etiqueta.

¿Qué limitaciones tiene entonces un coche con etiqueta B?

Lo primero es tener claro que los coches con etiqueta B son aquellos gasolina matriculados entre enero de 2001 y 2005, así como los diésel matriculados entre enero de 2006 y agosto de 2015. Con esto claro, vamos a repasar los límites y condicionamientos que tienen este tipo de automóviles en Madrid.

Respecto al acceso a las ZBE, siempre pueden pasar por la de Plaza Elíptica, también por dentro de la M-30 y solo en Madrid Central han de aparcar para no incumplir la normativa.

Eso sí, en este último caso también hay excepciones:

  • Si el usuario está empadronado en el Distrito Centro y el vehículo de su propiedad está domiciliado en la ciudad de Madrid
  • Si el automóvil es de  una empresa o un autónomo que ejerza su actividad en un local u oficina localizado en el Distrito Centro
  • Si el automóvil está destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
  • Si su propietario tiene una plaza de garaje particular o tiene una municipal para residentes situada en el Distrito Centro
  • Si el automóvil está accediendo a un taller localizado en el Distrito Centro
  • Si es un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Si es un automóvil utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria o secundaria que tenga unas necesidades que exijan un vehículo
  • Si es un automóvil perteneciente a trabajadores de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (entre las 00:00 y las 06:00 horas)
  • Si es un vehículo utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio enel ejercicio de dicho servicio

Por último, conviene tener en cuenta que un coche con etiqueta B puede aparcar en las Zonas de Estacionamiento Regulado (SER), aunque con un recargo del 20% sobre el precio base.

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