¿Sabes cuánto tienes que tributar a Hacienda si te acoges al Plan Moves III?

El plazo para presentar la Declaración de la Renta finaliza el 30 de junio. Si en 2024 te pagaron la ayuda del Plan Moves III tienes que incluirlo. Te contamos cuánto tienes que tributar a Hacienda por las ayudas
A pesar de que tiene unos cuantos aspectos que se podrían mejorar y de que su eficacia como impulsor de las ventas de vehículos eléctricos no es tanta como se esperaba, es indudable que las ayudas a la compra de coches eléctricos deben mantenerse en el tiempo. Los expertos señalan como uno de los aspectos a mejorar la obligación de tributar a Hacienda si te acoges al Plan Moves III en una cuantía que varía en función de las circunstancias personales del beneficiario.
La tercera edición del programa de ayudas a la compra de coches eléctricos (en este enlace tienes todo lo que necesitas saber para solicitar el Plan Moves III) estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. Significa esto que cubrirá todas las compras de vehículos eléctricos (también híbridos enchufables) que se realicen a lo largo del año en vigor. Ahora bien, eso no significa que las subvenciones (que pueden llegar a 7.000 euros) se hagan efectivas en el año en curso. La espera para cobrar el dinero es de meses (o tres años, como en el caso de nuestro compañero).
Para el tema que hoy nos ocupa el hecho de que las ayudas del Plan Moves III no sean directas (por mucho que vendedores, fabricantes y expertos en movilidad lleven tiempo pidiéndolo) es importante. Las ayudas a la adquisición de vehículos tributan a Hacienda y se deben incluir en la Declaración de la Renta del año en que se cobran, no en que se compra el coche.
Esta obligación tributaria, que no todos los conductores conocen, suscita una serie de dudas a las que vamos a tratar de dar respuesta en las próximas líneas.
¿Por qué las ayudas del Plan Moves III tributan a Hacienda?
Las ayudas a la compra de vehículos eléctricos tributan a Hacienda porque tienen la consideración de ganancias patrimoniales. Esto, en la práctica, supone que hay que incluir la cantidad de dinero recibida en la declaración de la renta (insistimos, en la del año en que se cobra la ayuda, no cuando se compra el coche pues raramente ambas fechas coincidirán) y que el resultado de la declaración variará.
No es una buena noticia porque la variación siempre es contraria al contribuyente, pues en realidad lo que está pidiendo la Agencia Tributaria es que devuelvas una parte de lo percibido.

Dónde y comer meter las ayudas en la declaración
Normalmente la ayuda del Plan Moves se incluye en la casilla 304 de la declaración de la renta titulada "Otras ganancias y/o pérdidas patrimoniales imputables" para el que se realiza la declaración. Con una expeción: aquellos contribuyentes que no desempeñen ninguna actividad económica tendrá que incluir lo en la casilla 301 ("Demás ganancias patrimoniales derivadas de las ayudas públicas".
En la casilla que corresponda habrá que incluir el importe total recibido en concepto de Plan Moves III. Es importante matizar que si en el mismo ejercicio has cobrado la ayuda por la compra de un coche eléctrico y la que se da por instalación de un punto de recarga, la cifra a anotar será la suma de ambas cantidades. Si además has cobrado ayudas públicas por la instalación de paneles solares tendrás que incluirlo también en este apartado.
¿Qué parte de la ayuda del Plan Moves III tributa a Hacienda?
La cantidad de la ayuda recibida por la compra de un coche eléctrico que hay que devolver en el Declaración de la Renta no es fija sino que se calcula en base a los ingresos del beneficiario. Para este cálculo se fijan varios tramos:
Es decir, la tributación mínima del Plan Moves es del 19%, eso significa que aquellos que hayan recibido la ayuda máxima (7.000 euros) y no lleguen a los 12.500 euros de ingresos anuales tendrán que devolver 1.330 euros. En el caso de aquellos que ganen más de 20.200 euros, pero menos de 35.200 euros tendrán que devolver 1.680 euros. Mientras los contribuyentes con ingresos de entre 35.201 y 60.000 euros deberán restar 2.100 euros de su ayuda.
La buena noticia es que como contrapartida a la tributación, desde hace un par de años los compradores de coches eléctricos tienen una segunda ayuda que, esta sí, tiene un efecto positivo en la declaración de la renta. Se trata de la devolución del IRPF asociado a la compra. Esta sí se refleja en la declaración de la año de la compra y permite recuperar hasta 3.000 euros de la inversión total.