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Madrid ya multa a quien acceda a la Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro sin permiso

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Se acabó la tregua. Tras la anulación de Madrid Central por decisión judicial y finalizado el período de avisos, el Ayuntamiento de Madrid hace efectivas las multas a quienes accedan a la Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro sin permiso.

Desde las 00:00 horas del domingo 12 de diciembre, el consistorio madrileño sanciona telemáticamente a los vehículos que accedan indebidamente a la primera Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEEP) de la capital.

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Casi 90.000 cartas durante el período de aviso

El período de aviso comenzó el pasado 11 de octubre. En este tiempo se han enviado un total de 87.667 cartas en las que se informaba a los titulares de los vehículos que habían sido captados de manera telemática cometiendo una infracción al entrar indebidamente en la zona

En la carta se les especificaban las razones que han motivado la regulación de la ZBEDEP -en vigor desde el 22 de septiembre-, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.

Zona Bajas Emisiones Distrito Centro

Según los datos que ha hecho públicos el Ayuntamiento, la media de accesos indebidos descendió un 46% en octubre de 2021 respecto al mismo mes de 2019, pasando de 3.882 denuncias que se comunicaron con Madrid Central en funcionamiento a las 2.135 del pasado mes de octubre con Distrito Centro.

Finalizado el período de aviso comienza el de sanción. La entrada no permitida a la Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago. 

Una vez entre en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, la sanción puede ascender hasta 200 euros.

Qué vehículos pueden acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro

Los criterios generales de acceso a Distrito Centro son los siguientes:

  • Los vehículos de las personas empadronadas en el distrito Centro podrán circular libremente por el interior de Distrito Centro y estacionar en el SER de su barrio (si disponen de autorización de residente del SER). Fuera de su barrio podrán estacionar en plaza SER verde previo pago de la tasa en parquímetros o a través de dispositivo móvil.
  • Los empadronados con vehículos domiciliados fuera de Madrid pierden su permiso de acceso.
  • Los vehículos con distintivo ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
  • Los vehículos con distintivo ambiental ECO podrán entrar y circular libremente por la zona y, además, estacionar en la zona SER un máximo de dos horas.
  • Los vehículos con distintivo ambiental B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de PMR, de servicios esenciales, o bien servicios profesionales que presten servicios o entreguen suministros, dentro del horario y con sujeción al calendario establecido.
  • Los vehículos SIN distintivo ambiental (vehículos de categoría ambiental A) no podrán acceder, salvo que sean de residentes empadronados, trasladen a PMR, se trate de vehículos pesados o de servicios esenciales en determinados supuestos.

Existen, además, otros criterios de acceso a la zona que prevén determinadas excepciones que afectan a residentes, empresas y autónomos, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos.

Etiquetas: Madrid 360

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