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Desestimado el cierre cautelar de BlaBlaCar en España

Desestimado el cierre cautelar de BlaBlaCar en España

Nacho de Haro

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha desestimado el cierre cautelar de BlaBlaCar en España tras la demanda interpuesta por Confebús. Ahora el juez Andrés Sánchez Magro tendrá que decidir si da la razón a la Confederación Española de Transporte por Autobús, que acusó a la compañía de transporte colaborativo de competencia desleal.

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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha desestimado el cierre cautelar de BlaBlaCar en España tras la demanda interpuesta por Confebús en la que además de pedir una serie de medidas de prevención, acusaban a la compañía de transporte colaborativo de competencia desleal. Ahora el juez Andrés Sánchez Magro tendrá que decidir si da la razón a la Confederación Española de Transporte por Autobús, puesto que esta primera resolución no paraliza el proceso judicial abierto.

Recordemos que la demanda a BlaBlaCar derivó en dos procesos paralelos. Por un lado, Confebús pidió el cierre cautelar de la empresa de transporte colaborativo, petición que acaba de ser desestimada por el juez al considerar que  “no se permite que con la medida cautelar se pretenda alterar situaciones de hecho consentidas por el solicitante largo tiempo” dado que la actividad de BlaBlaCar “se inició en 2009 y alcanzó notoriedad sobre 2013, año que al parecer, el servicio de intermediación dejó de ser gratuito”.

El segundo proceso es el de la acusación por competencia desleal a BlaBlaCar por parte de Confebús. Esta demanda se asienta en la consideración de que los conductores de la App realizan una actividad de transporte profesional, de que la plataforma es un intermediario de servicios de transporte profesional y de que es responsable de la caída del 20 % en la actividad del sector del autobús, que genera 88.000 empleos directos, mueve 1.200 millones de viajeros al año y une regularmente más de 8.000 poblaciones. Los argumentos de BlaBlaCar, como es lógico, son totalmente contrarios.

La Confederación Española de Transporte por Autobús quiere recordar que la desestimación del cierre cautelar “no paraliza el proceso judicial abierto” afirmando que "el que no se haya accedido a la consideración de las medidas cautelares no significa que se haya prejuzgado el fondo del asunto".

Fuente: EFE

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