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Cuidado si entras en Madrid con estos coches, las nuevas multas ya funcionan

1.000 millones de euros para crear Zonas de Bajas Emisiones

El 1 de mayo finalizó el período de aviso de las nuevas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, significa esto que debes tener cuidado si entras en la capital con algunos coches, pues te pueden multar según por donde circules.

La Ley de Cambio Climático establece que, a partir de enero de 2023, todos los municipios de más de 50.000 habitantes tendrán que tener en marcha zonas en las que el tráfico quede limitado en función de las emisiones contaminantes de los vehículos que traten de acceder.

Aunque todavía no se ha redactado ni aprobado el Real Decreto que regulará el funcionamiento de las ZBE a nivel nacional, se prevé que sea muy similar al de las que ya están en funcionamiento en ciudades como Madrid y Barcelona. 

Esto conlleva presuponer que el criterio a seguir para decidir qué vehículos entran y cuáles quedan fuera será el etiquetado medioambiental de la DGT y que los coches eléctricos serán los que obtengan mayores beneficios.

En marcha las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid: así funcionan y por qué razones te pueden multar con hasta 200 euros

Con qué coches puedes y no puedes entrar en las ZBE de Madrid

Para saber con qué coches puedes o no entrar en las zonas de acceso restringido de la capital. Lo resumimos en la siguiente tabla:

ZBE Distrito CentroZBE Plaza Elíptica
Vehículos A (sin etiqueta medioambiental)Prohibido (salvo excepciones)*Prohibido (salvo excepciones)*
Vehículos con etiqueta BPueden circular para acceder a un estacionamiento subterráneoLibre circulación
Vehículos con etiqueta CPueden circular para acceder a un estacionamiento subterráneoLibre circulación
Vehículos con etiqueta ECOLibre circulación y estacionamiento limitado en zona SERLibre circulación
Vehículos con etiqueta Cero EmisionesLibre circulación y estacionamiento ilimitado en zona SER

La normativa aprobado por el Ayuntamiento de Madrid establece las siguientes restricciones:

  • Vehículos especialmente adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida, así como aquellos coches cuyos titulares sean personas con discapacidad. Han de estar dados de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' y disponer de la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
  • Vehículos y coches históricos. Que son aquellos que cumplen los requisitos establecidos en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio: edad mínima de 30 años, vehículos de colección y de valor histórico etc.
  • Vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las Fuerzas Armadas.

La multa es de 200 euros

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde el 21 de marzo, establece qué sanciones tendrán que pagar aquellos que accedan a las ZBE de manera irregular.

Considerada infracción grave, acceder a una ZBE sin los permisos necesarios será sancionado con 200 euros.

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