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Conductores con movilidad reducida: ¿pueden entrar en Madrid Central o Barcelona ZBE sin etiqueta ECO?

Conductores con movilidad reducida: ¿pueden entrar en Madrid Central o Barcelona ZBE sin etiqueta ECO?

Ciudades como Madrid y Barcelona se han propuesto mejorar la calidad del aire que respirar sus habitantes y para ello han puesto en marcha diferentes medidas. Una de ellas pasa por reducir la circulación de casi todos los tipos de coches en el corazón de estas urbes. Estas restricciones, ¿afectan a todo el mundo? ¿Los conductores con movilidad reducida pueden entrar en Madrid Central o Barcelona ZBE sin etiqueta ECO?

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Conductores con movilidad reducida en Madrid Central

Vamos a empezar respondiendo a esta pregunta en Madrid. Según la normativa vigente, sólo pueden circular y aparcar en las zonas de estacionamiento regulados los vehículos que luzcan en su parabrisas las pegatinas de la DGT menos contaminantes: las Eco y las Cero. Los demás (B y C) podrán acceder, únicamente, para aparcar en un parking privado.

No obstante, como buena norma tienen sus excepciones. Hay una serie de vehículos que sí podrán atravesar Madrid Central: los conductores con movilidad reducida (sean o no residentes) están entre ellos. Eso sí, para poder hacerlo tendrán que solicitar la pertinente autorización al consistorio madrileño.

Esta petición tiene algunos requisitos: tendrán que tener la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida y el permiso será válido para un único coche. ¿Qué pasa si cambia de modelo? No hay ningún problema ya que la matrícula del vehículo autorizado podrá modificarse cuantas veces sea necesario. Lo que sí deben tener en cuenta es que a partir de 2025 sólo podrán circular sin distintivo ambiental aquellos coches exclusivamente adaptados para estas personas.

Conductores con movilidad reducida: ¿pueden entrar en Madrid Central o Barcelona ZBE sin etiqueta ECO?

Conductores con movilidad reducida en Barcelona ZBE

Nos trasladamos ahora hasta la Ciudad Condal. Allí se puso en marcha la Zona de Bajas Emisiones Rondas Barcelona (ZBE) cuyo objetivo es, como decíamos, reducir la contaminación mediante la creación de un área por la que no se puede circular de lunes a viernes de siete de la mañana a ocho de la tarde.

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Esta medida afecta a todos los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT, pero una vez más nos encontramos con algunas excepciones. Esta normativa no afecta a los vehículos de personas con movilidad reducida y al transporte colectivo de personas con movilidad reducida. 

Para poder hacer uso de esta exención tendrán que registrar su coche demostrando que tienen una discapacidad igual o superior al 33%; igual que ocurre en Madrid sólo se admitirá una petición por solicitante aunque sea titular de más de un vehículo. En el caso del traslado colectivo de personas con movilidad reducida los vehículos deberán estar registrados en la DGT con la clasificación de uso correspondiente a los transportes PRM.

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