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Condenado un peatón por la muerte de un conductor de moto

accidente en moto
El juez considera que, a pesar del exceso de velocidad, la causa fue la aparición repentina del peatón.

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Condenado un peatón por la muerte de un motorista. Los hechos sucedieron en 2013 en Oporto (Portugal), donde un juez ha condenado a un peatón a un año de prisión por el homicidio de negligencia, al cruzar la calle cuando pasaba un motorista. En este caso, el peatón cruzó por una zona donde no había ni semáforo, ni paso de cebra; tal y como dice la sentencia: “invadió el asfalto pese a ver a menos de cinco metros suyos a un ciclomotor que se acercaba”, según considera la sentencia. Y aunque el juez reconoce que la moto iba a más velocidad de la permitida (iba unos 15 km/h por encima), considera que fuera causa del accidente no fue el exceso de velocidad.

El peatón era un obrero que recogía señales de tráfico, y ha sido condenado por cruzar cuando pasaba la moto; esto hizo que el motorista intentase esquivarle, y en la maniobra chocó contra un muro, falleciendo días después. La sentencia considera que el hombre actuó de manera “negligente e imprudente”.

Condenado un peatón por la muerte de un conductor de moto

Este caso lleva siendo juzgado desde 2013. La sentencia que hoy nos ocupa dictaminada por la segunda instancia de Oporto, da la razón a la del tribunal local de Gondomar. Además, la indemnización se ha visto incrementada hasta los 190.000 euros, los cuales tendrá que pagar la aseguradora del peatón a viuda y dos hijos del motorista fallecido.

“Está probado que el acusado inició la travesía de la vía sin previamente certificar de que lo podía hacer con seguridad, principalmente sin poner en peligro a los demás usuarios de la vía, invadiendo la calzada por donde circulaba el ciclomotor, obstruyéndole su circulación”, narra el juez. “Actuó sin atención y el cuidado exigibles a un peatón medianamente diligente y prudente, desatento y ajeno a los demás usuarios de la vía y características de la carretera, admitiendo que de esa forma podía causar un accidente”.

Para el juez, el peatón tiene “la culpa exclusiva del accidente porque “una persona cualquiera diligente, en aquellas circunstancias de tiempo, modo y lugar, nunca haría una travesía de aquella forma y por tanto nunca se hubiera desencadenado el accidente”.

Fuente: El País

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