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Así es cómo la DGT investiga los excesos de velocidad

Guardia Civil

¿Te has preguntado alguna vez cómo investiga la DGT los excesos de velocidad? No todo es tan sencillo como que un radar capte un coche que circula por encima del límite permitido y el conductor reciba la multa. Entre medias, hay un trabajo en el que intervienen muchos medios.

En 2018, la DGT puso en España 4,2 millones de multas, de las que 2,6 millones (62%) fueron por exceso de velocidad (en la cifra no están incluidas las sanciones Cataluña y País Vasco, por tener estas comunidades transferidas las competencias en materia de tráfico).

El cómo investiga Tráfico los excesos de velocidad depende de  variso factores, siendo dos los más importantes:

  • si se ha podido identificar o no al conductor
  • si se trata de una infracción o delito

Infracciones por exceso de velocidad

Cuando el conductor ha superado el límite de velocidad dentro de los márgenes establecidos para infracción (en la siguiente tabla quedan reflejados), pueden suceder dos cosas:

  • que los agentes de Tráfico le notifiquen la sanción en el acto
  • que la reciba en su domicilio una vez haya sido tramitada en el Centro de Denuncias Automatizadas de León
Multas exceso velocidad

A partir de aquí, el propietario del vehículo puede asumir su culpa y pagar o recurrir la multa.

El problema viene cuando no se ha conseguido identificar al conductor y, a pesar del requerimiento de la DGT, el propietario del vehículo prefiere no decir quién conducía en el momento de la infracción o niega ser él quien lo hacía. En este caso, el propietario se enfrenta a una sanción por no identificar al conductor que puede ascender a 1.000 euros.

Delitos por exceso de velocidad

De los más de 2,5 millones de multas por exceso de velocidad, 842 fueron consecutivos de delito; y de estos 842, un total de 427 tuvieron que ser investigados porque no se conocía la identidad del conductor.

Cuando esto sucede, cuando el exceso de velocidad es tal que debe ser condiderado delito y no se conoce la identidad del conductor, la Dirección General de Tráfico recurre al una unidad de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, denominada GIAT, que actúa como policía judicial (los mismos que se encargan de investigar los vídeos temerarios que se difunden por Internet).

El GIAT (Grupo de Investigación y Análisis de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil) interviene en todos los delitos por exceso de velocidad en los que se ha podido identificar al conductor (incluso en aquellos en los que es delito por solo 1 km/h). 

Guardia Civil

Para que estos agentes pueda trabajar, Tráfico les remite toda la información disponible (fotografía tomada por el radar; la matrícula, titular y domicilio del vehículo; datos de radar que captó la información, documentación técnica...).

Lo primero que verifica el GIAT es que el radar que ha registrado el exceso de velocidad cumple la normas en lo que a márgenes de error se refiere. Si tras aplicar este porcentaje de error, el resultado sigue siendo constitutivo de delito, el grupo continúa la investigación; en casio contrario, el expediente vuelve a la DGT para que lo tramite como una infracción grave. En caso de detectar defectos en la foto (que no sea la matrícula, que la imagen esté desenfocada...), "además de devolver el caso a la DGT, se envía un informe para subsanar el defecto o reorientar el radar", aseguran desde la DGT.

Si se confirma el delito se inicia el proceso de identificación del conductor; aunque según explica la DGT, primero que se confirma que el coche pueda alcanzar esa velocidad "por su construcción" y que no sea un coche robado. Para identificar al conductor, citan al titular del vehículo, le informan del delito y le piden que identifique al conductor. Si el GIAT determina quién conducía cuando se cometió el delito, se repite el proceso con la persona identificada como conductor y, tras la investigación, se envía a la Fiscalía, quien finalmente presenta la acusación. 

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