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Tráfico indemnizará a un conductor por quitarle los puntos

Tráfico indemnizará a un conductor por quitarle los puntos
Un mal funcionamiento del servicio público, reconodido por el Ministro del Interior ante las alegaciones de AEA, hará que Tráfico indemnice a un conductor por quitarle los puntos del carné hasta en dos ocasiones indebidamente. La 'multa' que pagará la DGT se eleva a 2.000 euros

Tráfico indemnizará a un conductor por quitarle los puntos del carné hasta en dos ocasiones de manera indebida. Debido a las alegaciones presentadas Automovilistas Europeos Asociados (AEA), el Ministro del Interior ha dictado esta resolución que obligará a la DGT va a pagar una 'multa' de nada menos que 2.000 euros a un ciudadano británico por “los gastos que realizó, las molestias que sufrió, la zozobra propia de la situación y las gestiones que hubo de llevar a cabo para recuperar su licencia de conducir”. 

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Al socio de esta organización de defensa de los derechos de los conductores le pararon las autoridades españolas en repetidas ocasiones al volante de su coche. En todas ellas, manifestó que era poseedor de una licencia de conducir expedida en el Reino Unido, sin embargo, la Policía le sancionó varias veces con multas de 450 euros y cuatro puntos menos en su permiso por “conducir un vehículo sin la licencia que le habilita para ello”, un error por el que ahora la DGT pagará una multa de 2.000 euros al conductor. La cultura de no cruzar datos de las administraciones españolas es bien conocida y aprovechada por los delincuentes internacionales que residen aquí y, además, perjudica a menudo a los ciudadanos de a pie.

En esta ocasión, la DGT no llevó a cabo la gestión para verificar si este ciudadano, efectivamente, disponía de un permiso de conducción válido. Lo que sí hicieron fue ir descontándole los puntos de su carné, hasta que finalmente perdió la vigencia por agotamiento de los ocho puntos que le correspondían. Esto le sucedió hasta en dos ocasiones, de ahí que se tan elevada la indemnización de Tráfico a este conductor. La resolución dictaminada por el Consejo de Estado es bien clara a este respecto: “las sanciones impuestas en los expedientes no se hubieran dictado, de modo que el recurrente no hubiera debido pagar su multa (450 euros) y no hubiera perdido ocho puntos de su licencia española. Y de haber sido así, ninguno de los dos expedientes tramitados para declarar la pérdida de validez de su permiso se hubiera llevado a término, no hubiera pérdido su licencia, no hubiera necesitado recurrir a un asesoramiento en derecho para los recursos y alegaciones y no se hubiera visto obligado a realizar un curso de sensibilización, pagar un certificado de aptitud y someterse a una nueva prueba teórica”.

Desde AEA, recuerdan que este nuevo éxito jurídico de su organización no es más que una muestra de las importantes disfunciones que todavía tiene el permiso por puntos en España. Muchas de ellas, como la anterior, se deben a la mala aplicación o el no uso de las herramientas que hoy ofrecen las nuevas tecnologías como este caso del conductor indemnizado por la DGT. Sin embargo, la mayoría de los que generan sentencias se producen porque las autoridades se saltan la ley a la torera: como cuando en 2010 se dejó de aplicar el nuevo Reglamento General de Conductores y se envió multas con detracción de puntos a miles de ciudadanos sin adjuntar la copia de su expediente o, hace dos años, cuando otros miles de conductores se quedaron sin carné por acumular sanciones en su expediente que debería haber sido borradas de acuerdo a la Ley de Protección de Datos.

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