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¿Te pueden quitar puntos por una multa como ciclista?

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La Ley contempla una serie de normas de circulación de obligado cumplimiento para los usuarios de bici. También sanciones para aquellos que no las cumplan. Pero, ¿te pueden quitar puntos por una multa como ciclista?

En ciudad, las normas de circulación para los ciclistas establecen que no puede cruzar un paso de peatones de manera transversal (deben hacerlo a pie, empujando la bici); solo tienen prioridad si utilizan carriles bici o pasos debidamente señalizados; si utilizan un carril normal deben circular por el centro, como cualquier otro vehículo; y, durante la noche, están obligados a utilizar luz delantera y reflectante trasera.

En carretera, pueden circular por autovías (siempre y cuando hayan cumplido los 14 años), pero no por autopistas (aquí tienes la diferencia entre autovía y autopista); también pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad; y están obligados a circular por el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que le esté especialmente destinada. 

¿Quitan puntos las multas como ciclista?

Respecto a los límites de alcoholemia, los ciclistas deben cumplir las mismas normas que los conductores de vehículos a motor. Supone esto que pueden ser sancionados si, circulando en bici sin sometidos a un control de alcoholemia y arrojan una tasa superior a 0,15 gramos de alcohol por litro de aire espirado.

Las sanciones son las mismas que si condujeran un coche o una moto, de manera que pueden llegar a 1.000 euros; pero nunca conllevan la detracción de puntos. 

Porque no, la DGT no pueden quitar puntos por las multas a ciclistas

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, señala que “la pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir”.

Dicho de otro modo: hablar por el móvil circulando en coche o moto conlleva 200 euros de multa y la retirada de cuatro puntos (a partir del próximo año serán más). Un ciclista que cometa la misma infracción recibirá idéntica multa económica, pero no se le retirará ningún punto de su permiso de conducir 

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