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Restricciones al coche en Madrid: cuándo entran en vigor

Restricciones al coche en Madrid: cuándo entran en vigor

El Ministro de Sanidad, Salvador Illa, llevó ante el Consejo Interterritorial de Salud una nueva medida para frenar la propagación del coronavirus: aquellas ciudades con más de 100.000 habitantes serán confinadas cuando su tasa de positividad sea superior al 10%, la ocupación de las UCIs esté por encima del 35% y tengan una incidencia acumulada superior a 500 habitantes por cada 100.000. La capital de España será una de las localidades que debe cumplir estas medidas, pero, ¿cuándo entran en vigor las restricciones de Madrid?

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Vamos con la cronología de los hechos. El 30 de septiembre el Ministerio de Sanidad comunicaba a las comunidades autónomas la determinación que habían tomado y un día después, el 1 de octubre, la orden se publicaba en el Boletín Oficial del Estado. ¿Cuándo comienza el plazo de 48 horas que los gobiernos regionales tienen para aplicar las correspondientes medidas?

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En teoría arranca en el momento en el que aparece en el BOE, pero el Ejecutivo ha aclarado que como la decisión fue notificada a las autoridades competentes no es necesario este requisito. Por lo tanto, el confinamiento selectivo debe activarse dos días después de esa notificación. O lo que es lo mismo: tienen hasta la noche del viernes para cumplir con el precepto.

El punto de vista de Madrid

Sin embargo, en la Comunidad de Madrid no lo ven así. El Gobierno presidido por Isabel Díaz Ayuso asegura que tiene 48 horas para publicar la transposición de esa orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Es decir, hasta el sábado por la mañana. Sin embargo, esta segunda fecha que se plantea no sería la definitiva. Y es que después de este paso tienen que pedir el aval del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para poder empezar a sancionar. Algo que puede tardar varios días: para las últimas restricciones tardó cuatro días en pronunciarse.

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Los recursos y las medidas cautelarísimas

Hasta el momento tenemos tres supuestos: viernes por la noche, sábado por la mañana… o la semana del 5 de octubre. No obstante, las hipótesis no terminan aquí. La Comunidad de Madrid considera que la notificación de Sanidad no tiene validez jurídica y por ello está valorando interponer un recurso de reposición ante el Ministerio de Sanidad en el plazo de un mes desde su notificación o un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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Si optan por este recurso hay que tener en cuenta los plazos: uno y dos meses. Por ello, pedirían medidas cautelarísimas a la Audiencia Nacional y esto, según la versión del gobierno regional madrileño, retrasaría la publicación de la normativa en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 24 horas como mínimo. Este es el plazo que tiene la Audiencia para pronunciarse. Y esta sería la última fecha probable para que las restricciones entren en vigor en Madrid.

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