Radares de tramo de Madrid: cuántos hay, dónde están colocados y qué multas te pueden poner

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Se habla de cuatro nuevos radares de tramo en Madrid, pero desde el Ayuntamiento lo niegan
Atención madrileñ@s y visitantes de la capital y alrededores. Aunque no son tan conocidos como los de la DGT, Madrid tiene en funcionamiento siete radares de tramo que vigilan los excesos de velocidad en otros tantos puntos de alta concentración de tráfico.
Su funcionamiento es idéntico a los que miden la velocidad entre dos puntos en las carreteras que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT): una cámara colocado en el punto de inicio registra la matrícula, lo mismo que la situada en el punto final; después, el sistema calcula el tiempo que ha tardado en vehículo en recorrer el tramo vigilado. Si es inferior al esperado, se tramita la denuncia correspondiente.
Dónde están los radares de tramo de Madrid
A día de hoy, según nos confirman desde el Ayuntamiento de Madrid, en la capital hay tres radares de tramo en funcionamiento. Son estos:
A estos tres radares de tramo hay que sumar otros cuatro instalados fuera de la capital, estos no dependen del gobierno municipal sino que son gestionados por la Dirección General de Tráfico (DGT). Mostramos su ubicación en la siguiente tabla:
¿Alguna novedad?
Los radares de tramo de Madrid llevan mucho tiempo en funcionamiento. En las últimas semanas ha corrido el rumor de que el consistorio madrileño había sumado cuatro nuevos tramos de vigilancia, concretamente en el Ma-30, la A-2, la M-14 y la A-3.
Desde autobild.es nos hemos puesto con el Ayuntamiento de Madrid donde confirman que "no hay nuevos radares de tramo instalados recientemente". Tampoco aparecen las anteriores ubicaciones en la última actualización de la lista de los radares de la DGT provincia a provincia.
Qué multas pueden poner
Las multas de los radares de tramo son las mismas que ponen los radares fijos o móviles. Supone esto que oscilan entre 100 y 600 euros y pueden suponer la pérdida de hasta 6 puntos en función de la velocidad a la que sea captada el infractor tal y como recoge la siguiente tabla:

ES importante aclarar dos cosas a este respecto. La primera es que las multas por exceso de velocidad admiten descuento por pronto pago: hasta un 50% en caso de abonar en el período voluntario (20 días naturales desde la recepción de la notificación), pero en caso de pagar con descuento se anula la posibilidad de reclamar la multa.
La segunda es que los cinemómetros tramitan la sanción a nombre del titular del vehículo pero este no tiene por qué ser quien conduce en el momento en que se comete la infracción. Si titular y conductor no coinciden, el primero debe identificar al segundo; no hacerlo supone una multa añadida.