¿Pueden ir dos personas en moto en el Estado de Alarma?
La movilidad está cambiando a marchas forzadas y la motocicleta y el ciclomotor están empezando a ser unas alternativas especialmente interesantes en la crisis del coronavirus, como alternativa al transporte público. Y la gran pregunta es: ¿pueden ir dos personas en moto en el Estado de Alarma?
La respuesta desde el lunes 11 de mayo de 2020 es que sí, con independencia de la fase de desescalada en la que se encuentre tu Comunidad Autónoma, provincia o territorio. Pero no de cualquier forma.
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Para poder ir dos personas en moto en el Estado de Alarma se tiene que cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Casco integral con visera. Siempre es lo más recomendable desde el punto de vista de la seguridad, pero en este caso, además, se ha tenido en cuenta la importancia de que haya esta doble barrera física para la respiración del conductor/pasajero y la otra persona que viaje en la moto.
- Mascarilla: con ella pueden circular ambos en moto con cascos abiertos (modulares abiertos, tipo jet...), con independencia de si disponen de visera larga, corta o de ninguna de ellas.
- Residir en el mismo domicilio: si vives con la persona que llevas de 'paquete', cualquiera de los dos podría ir con un casco abierto y sin mascarilla.
Además, en el caso de las motos compartidas para uso profesional (mensajeros, repartidores...), es obligatorio el uso de guantes, que pueden ser los convencionales de moto - que, de hecho, son más recomendables para circular que los no específicos, como de látex-.
Esta norma, propuesta por la Asociación Nacional de Vehículos de Dos Ruedas (Anesdor), ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado por el Ministerio de Transportes.
La orden (TMA/400/2020, de 9 de mayo) establece las condiciones a aplicar en la desescalada en materia de
movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura. Afecta a las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, siempre que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor
y pasajero). Es de aplicación desde la Fase 0 de la desescalada, puesto que modifica la Orden TMA, que regulaba la ocupación de vehículos desde el pasado 4 de mayo.
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