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Esta es la multa de la DGT por llevar niños de forma ilegal en la bicicleta

llevar niños de forma ilegal en la bicicleta

Montar en bici es una actividad sana y son muchos los que aprovechan para llevar a sus hijos consigo, sin embargo, no todas las maneras de hacerlo valen y la DGT es muy clara al respecto de lo que se puede y lo que no se puede hacer, incluso en cuanto a la multa que se aplica por llevar niños de forma ilegal en la bicicleta.

Según la normativa, en bicicleta solo se puede llevar a un pasajero si éste tiene menos de 7 años y solo cuando quien la conduzca sea una persona mayor de edad.

Además, para poder llevar a los niños estos tienen que ir en una silla homologada a tal fin y, como ocurre con cualquier usuario que sea menor de 16 años, también es obligatorio que lleve puesto un casco.

 

La multa por no cumplir estos requisitos y llevar a un niño de manera ilegal en la bicicleta es de 100 euros.

Aunque esta es la base de la normativa, también hay que tener en cuenta otra serie de detalles como son el tipo de silla usada, los pesos máximos que se pueden llevar, las características de la silla en sí y el tipo de sujeción que tienen para asegurar al pequeño o pequeña.

Así, los dos tipos principales son la silla delantera y la trasera. La delantera va ubicada en el manillar o en el cuadro superior y está pensada para transportar bebés principalmente, puesto que el peso que pueden soportar oscila entre los 9 y los 15 kilos.

Las traseras son las más habituales y se usan para niños de mayor edad y talla, puesto que pueden soportar pesos de hasta 22 kilos. En estas hay que tener en cuenta que el respaldo sea suficientemente alto como para que el infante pueda apoyar la cabeza y que el cinturón o arnés tenga más de un punto de presión, para que no se lo pueda quitar con facilidad.

Etiquetas: Bicicletas

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