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La mascarilla ya es obligatoria en Madrid: ¿también en el coche?

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Su uso es imprescindible en toda España menos en las Islas Canarias independientemente de si es posible mantener la distancia de seguridad en los espacios abiertos o cerrados. Madrid ha sido la última comunidad autónoma que ha adoptado esta medida, activa desde este jueves, para frenar los contagios por coronavirus ante la ola de rebrotes que estamos viviendo. La pregunta es inevitable: ¿es obligatorio llevar la mascarilla en el coche?

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La respuesta dependerá del número de personas que ocupen el vehículo y del tipo de relación que tenemos con ellas, es decir, si son convivientes o no. Por el momento sólo hay un caso en el que la mascarilla es obligatoria dentro del coche: cuando lo compartamos con familiares, amigos, compañeros de trabajo… que vivan en domicilios diferentes al nuestro. Si no cumplimos esta norma, los agentes podrán sancionarnos con una multa de 100 euros.

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Las excepciones

Y ahora que sabemos cuándo es imprescindible, vamos a repasar las 5 excepciones en las que está permitido circular sin tener que cubrirnos la nariz y la boca de forma imperativa:

1. Un solo ocupante

Si vamos a realizar un trayecto sin compañía no es necesario que usemos este método de protección ya que en este caso no existe ningún riesgo de contagio. Eso sí, antes de bajarte del coche deberás ponerte la mascarilla.

2. Convivientes

Si dentro del coche van personas convivientes (aquellas que comparten el mismo techo) estarán exentas de llevarla.

3. Menores de 6 años

Otra de las excepciones atañe a los más pequeños de la casa. La Orden SND/422/2020, que regula el uso de la mascarilla en el actual escenario establece que esta obligatoriedad sólo se aplica para aquellas personas mayores de seis años. Por lo tanto, cuando los menores nos acompañen en el vehículo no tendrán que llevarla… aunque las autoridades recomiendan ponérsela a aquellos que tengan entre 3 y 5.

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4. Enfermedad

Siempre que tengamos una enfermedad o dificultad respiratoria que empeora con la mascarilla y contemos, además, con una prescripción médica que lo ratifica no será necesario protegernos con ella en el coche. Esta excepción también engloba a aquellas personas que no pueden quitársela sin ayuda y a las que presentan trastornos o alteraciones de la conducta que hacen inviable su uso.

5. Causa mayor

Finalmente, los agentes no nos multarán con la correspondiente sanción económica si circulamos en coche sin la mascarilla debido a una situación de emergencia que pueda justificar la ausencia de este método de protección.

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