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Dónde no puedes ir en coche tras el Estado de Alarma por el coronavirus

Estado Alarma coronavirus
¿Dónde no puedes ir en coche tras el Estado de Alarma por coronavirus decretado ayer por el Gobierno? Se prohíben todos los viajes que no sean necesarios.

El Gobierno ha aprobado un decreto que limitará los movimientos de los ciudadanos en toda España. Éste restringirá los desplazamientos a partir del próximo lunes 16 de marzo a las ocho de la mañana. Aunque por el momento no se han detallado todos los aspectos de esta medida, ya conocemos las normas básicas de este decreto que trata de impedir la propagación del COVID-19. ¿Dónde no puedes ir en coche tras el Estado de Alarma por coronavirus?

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El virus ha contagiado en España al menos a 5.700 personas y ha provocado cerca de 200 muertes, según los últimos datos del Ministerio de Sanidad y de las comunidades autónomas. Aunque ya se contabilizan más de 500 altas médicas de personas que han superado la enfermedad, la Organización Mundial de la Salud ha asegurado que Europa es ahora “el epicentro de la pandemia”.

¿Dónde no puedes ir en coche tras el Estado de Alarma por coronavirus?

Una de las medidas de mayor efectividad para frenar la propagación del coronavirus entre otras zonas del territorio español es restringir los movimientos de la ciudadanía. Ante los continuos desplazamientos que se estaban registrando en las últimas horas entre diferentes comunidades y el riesgo de contagio que ello conlleva, el Gobierno ha decretado el Estado de Alarma y limitará así los movimientos de la población. Pero, ¿dónde no puedes ir en coche tras el Estado de Alarma por coronavirus?

Los detalles están a escasas horas de ser revelados, pero un primer borrador del texto que ha sido publicado por el diario El País deja muy claro cuáles serán las limitaciones de movimientos. Los ciudadanos “únicamente podrán circular por las vías de uso públicos para la realización de las siguientes actividades":

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad
  • Asistencia a centros sanitarios
  • Desplazamientos al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial
  • Retorno al lugar de residencia habitual
  • Asistencia y cuidados a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables
  • Desplazamientos a entidades financieras
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada

Limitaciones de movimiento para evitar la propagación del virus

Todas estas limitaciones de movimiento serán oficiales a partir del próximo lunes 16 de marzo a las 08.00 horas. El Gobierno ha exigido a las empresas que establezcan el teletrabajo para todos los empleados siempre que sea posible, reduciendo aún más los desplazamientos y el riesgo de propagación. 

El decreto también señala que, para impedir esta circulación “el titular del Ministerio del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos”. En las grandes ciudades no se suspenderá el transporte público, pero se reducirá la frecuencia en los que son de una ciudad a otra. Por último, el decreto también garantiza todos los suministros básicos.

Fuente: El País

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