Logo Autobild.es

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial ya está en camino

La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial ya está en camino
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto para la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, un paso previo al nuevo Reglamento de Circulación. El uso obligatorio de casco para los menores de 18 años que circulen en bicicleta, el incremento de las multas por alcoholemia y drogas de 500 a 1.000 euros, la inclusión de la saliva como muestra para efectuar controles de drogas y la prohibición del uso de los detectores de radar son algunos de los aspectos más destacados de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

El Consejo de Ministros aprobó ayer, viernes 26 de julio, el Anteproyecto de Ley para la modificación parcial del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial (documento completo). Según apuntan desde el Ministerio del Interior, la nueva Ley de Tráfico, que supone un paso previo a la reforma del nuevo Reglamento de Circulación, "obedece a la necesidad de adaptar dicha normativa no sólo a las necesidades de los conductores, sino también a los cambios que se producen en los vehículos y las vías, factores determinantes en la producción de accidentes y que con una regulación adecuada pueden ayudar a mejorar la seguridad vial”.

La nueva Ley de Tráfico 2014 entra en vigor: todas las novedades

Entre las modificaciones más destacadas del anteproyecto de Ley destaca la referida al uso del casco en bicicleta. El nuevo texto recoge que los menores de 18 años deberán llevar casco obligatoriamente en bicicleta cuando circulen por cualquier tipo de vía (urbana, interurbana o travesía). Por su parte, se mantiene la obligatoriedad de llevar casco para mayores de 18 años que circulen en bicicleta en vías interurbanas. El nuevo Reglamento de Circulación acabará por determinar si habrá alguna obligación adicional sobre el uso del casco.

Las segunda de las novedades más importantes de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial afecta al consumo del alcohol y drogas. Debido a su gravedad e influencia en la conducción, la modificación de este precepto en la Ley diferencia de forma muy clara entre la sanción administrativa (que castiga la mera presencia de drogas en el organismo del conductor) y penal (que tipifica la influencia de las drogas en la conducción), recogida en artículo 379.2 del Código Penal.

nueva ley trafico y seguridad vial

También se explicita por primera vez en dicha Ley (ya lo estaba en la Ley de Enjuiciamiento Criminal) que la detección de drogas se realizará a través de una prueba salival mediante dispositivo autorizado y posterior análisis de una muestra salival en cantidad suficiente.

Finalmente, el anteproyecto para la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial duplica el importe de las multas por alcoholemia y drogas al volante, que pasa de 500 a 1.000 euros. Una sanción administrativa que también tendrán los conductores de vehículos y demás usuarios de la vía cuando estén implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción y se nieguen a someterse a las pruebas de detección de alcohol o presencia de drogas en el organismo.

Los detectores de radar, cuyo uso hasta ahora estaba permitido, también se colocan en el punto de mira. La reforma de la ley prohíbe el uso de los detectores de radar, una infracción tipificada como grave que acarreará un multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carné.

En relación con los límites de velocidad, la reforma de la Ley simplifica su redacción con objeto de que sea el Reglamento General de Circulación el que fije de forma concreta las velocidades máximas y mínimas que se establecen no solo para las vías, sino también para los distintos tipos de conductores y para los distintos tipos de vehículos. Lo que sí recoge el anexo IV de la Ley es la actualización de los tramos sancionadores y de detracción de puntos ante las posibles modificaciones de las velocidades.

El anteproyecto de Ley también se refiere a los sistemas de seguridad de conductores y ocupantes de los vehículos. Establece la posibilidad de prohibir a los menores la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo en función de su talla, medida que deberá ser concretada posteriormente en el Reglamento General de Circulación. Esta modificación legal responde a la necesidad de que el futuro Reglamento General de Circulación se adapte a las disposiciones que va elaborando la Unión Europea en esta materia.

Por último, el Anteproyecto de Ley para la modificación parcial del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial establece la obligatoriedad de que, quienes vayan a realizar obras en las vías, las comuniquen a las autoridades encargadas de la gestión y regulación del tráfico.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Autobild España.