Análisis: La política de la DGT no funciona, estas son las medidas que no han servido para reducir los accidentes

Cambios de relevancia dudosa.
Estrenamos año, momento clave para echar la vista atrás y reflexionar sobre de dónde venimos y en dónde estamos. Hoy, concretamente, vamos a poner el foco sobre las políticas de la DGT, los cambios instaurados en 2022 y como, a la hora de la verdad, no han supuesto un impacto significativo a la hora de reducir los accidentes.
De la misma manera que 2023 será recordado por ser el año en el que se implantaron un gran número de ZBE, el pasado lo fue porque se estableció un gran paquete de cambios para la ley de tráfico y seguridad vial. El pasado 21 de marzo entraron en vigor las nuevas normas y, a día de hoy, todavía nos cuesta encontrar la razón de ser de muchas de ellas.
Empezando por las menos relevantes, se cambió la ley respecto a llevar inhibidores de radar en el vehículo, siendo una práctica que ha pasado ha estar sancionada con la pérdida de tres puntos, estén los sistemas conectados o no.
Sobre el papel tiene sentido, pero a la hora de la verdad, quien quiera va a seguir utilizando dispositivos de este tipo, puesto que las posibilidades de que te “cacen” utilizando uno no son muy altas.
Además, en materia de radares, la presencia de los fijos tampoco disuade en exceso de ir a más velocidad de la legal, simplemente provocan que en el punto concreto se produzcan frenazos fuertes para evitar la multa, lo que puede crear situaciones de cierto peligro.
Las nuevas medidas que afectan a la circulación
Dentro de los cambios que afectan a la conducción directamente, se introdujeron tres novedades principales y lo cierto es que ninguna termina de parecer especialmente productiva.
La primera es la que aumentó a seis puntos la multa por llevar en la mano un dispositivo de telefonía móvil.
Es una medida lógica ya que la mayor causa de accidentalidad se debe a las distracciones y los smartphones son una gran fuente de ellas. Sin embargo, es algo que ha generado muchas dudas entre los conductores, puesto que su aplicación se ha extendido al uso del navegador, incluso si este está integrado en el vehículo.
La cuestión aquí radica en que la potencial multa depende de lo que juzgue el agente en ese momento, si considera que algo de lo que estaba haciendo el conductor es motivo de distracción, es sancionable. Ahora bien, ¿y si lo que estaba tocando en la pantalla era, por ejemplo, la climatización o el sistema de sonido?
Se trata de un ámbito que deja bastantes dudas y que genera confusión entre los conductores.
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El segundo cambio de gran calado fue la eliminación de la posibilidad de superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida en carreteras convencionales para llevar a cabo adelantamientos.
Según la propia Dirección General de Tráfico, se trata de una medida “busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional”.
Es algo que no vamos a negar, pero no parece un cambio acertado. Esto no evita que se produzcan adelantamientos en carreteras convencionales, hace que los que siga habiendo (y los hay) y que quieran ser legales, tengan que hacerse a velocidades menores, aumentando el tiempo que se está en el carril contrario, lo que a su vez aumenta el peligro.
Contar con el margen extra suponía poder llevar a cabo la maniobra de una manera más rápida y poder completarla en menos tiempo, algo que actualmente no puede hacerse… al menos de manera legal.
De hecho, se trata de una medida que, pensando mal, es muy amiga del establecimiento de radares de tramo en los que, ya que no hay ninguna circunstancia que permita superar el límite, sea más fácil multar a los conductores.
La última medida tiene que ver con los adelantamientos a ciclistas o ciclomotores, para lo que desde marzo de 2022 hay que invadir completamente el carril contrario, excepto en vías de un carril, en las que se puede hacer dejando 1,5 metros de separación.
Lógicamente, la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía debe ser una prioridad y cualquier conductor con dos dedos de frente debería dejar el máximo margen posible a los ciclistas, pero obligar a ocupar el carril contrario cuando físicamente sería viable rebasarlos pisándolo lo justo, no parece que tenga mucho sentido.