Proponen millonaria multa ejemplar a una concesionaria de un peaje en Asturias por cobrar de más y no ofrecer el servicio esperado

La administración tramita un expediente sancionador contra Aucalsa por mantener el cobro íntegro en la autopista AP-66.
El Principado de Asturias y las autoridades competentes han dado luz verde a la propuesta de una sanción millonaria contra Aucalsa, empresa concesionaria de la autopista AP-66, tras constatarse el cobro sistemático e íntegro de la tarifa del peaje en periodos durante los cuales la vía presentó severas restricciones de tráfico y una degradación sustancial e ininterrumpida del servicio ofrecido a los usuarios.
La medida responde a una rigurosa acumulación de expedientes de inspección e informes técnicos que certifican cómo la empresa concesionaria mantuvo la exigencia del pago del importe íntegro de la tarifa en la denominada Autopista del Huerna a pesar de las prolongadas retenciones, la ejecución de obras de emergencia con habilitación de carriles únicos y los desvíos provisionales implantados tras diversos episodios de desprendimientos en la infraestructura.
Durante varios meses consecutivos, los miles de conductores y profesionales de la carretera que transitaban a diario por esta arteria neurálgica de conexión entre el Principado de Asturias y la meseta leonesa padecieron demoras extremas, reducciones drásticas de la velocidad permitida y condiciones de circulación manifiestamente desfavorables sin que la compañía aplicase ningún tipo de descuento, bonificación o exención de carácter paliativo.

Fuentes de la administración autonómica y ministerial señalan que la elevada cuantía propuesta para esta sanción persigue sentar un precedente fuertemente disuasorio y punitivo ante el incumplimiento flagrante de las obligaciones contractuales vinculadas a la gestión de vías públicas bajo régimen de peaje. La resolución oficial argumenta firmemente que la titularidad de una concesión administrativa no otorga bajo ninguna circunstancia un derecho incondicional o irrestricto al cobro de tarifas, sino que dicho cobro se encuentra estrictamente condicionado a la prestación efectiva de un servicio público seguro, fluido y prestado con los estándares mínimos de calidad y confortabilidad requeridos por la normativa vigente.
Al continuar ingresando la tarifa completa bajo condiciones operativas severamente mermadas, la entidad gestora incurrió en una conducta considerada abusiva e injustificada hacia la ciudadanía. La formalización de este expediente sancionador ha sido recibida con palpable satisfacción entre los principales colectivos del tejido socioeconómico asturiano, de manera muy señalada por las asociaciones empresariales del transporte de mercancías y la industria logística regional.
Estos sectores clave habían denunciado en reiteradas ocasiones el sobrecoste inasumible que supone el abono de peajes íntegros cuando los tiempos de recorrido se duplican o triplican a causa de la falta de fluidez en la vía. Para el transporte pesado y la distribución comercial, la ausencia de itinerarios alternativos viables y competitivos por carretera convierte el paso por el puerto del Huerna en una servidumbre logística obligatoria, lo que multiplica el impacto económico negativo derivado de cualquier deficiencia operativa o falta de mantenimiento preventivo en la autopista.
Desde el plano político e institucional, el Gobierno del Principado de Asturias había venido manteniendo una postura de elevada exigencia ante el Ministerio de Transportes y los órganos de inspección de carreteras para que ejercieran un control exhaustivo sobre las actuaciones operativas de Aucalsa. La tramitación formal de esta multa ejemplar abre así una etapa de fuerte tensión legal entre la administración pública y la empresa gestora. El documento que sustenta la propuesta sancionadora detalla minuciosamente que la concesionaria dispuso de margen operativo, capacidad técnica e instrumentos normativos más que suficientes para haber adaptado de forma voluntaria las tarifas aplicadas a la realidad técnica del servicio prestado en las fases más agudas de la crisis.
Sin embargo, la persistencia inflexible en el cobro de la tarifa completa dejó en evidencia una insensibilidad patente hacia las necesidades de los usuarios y una alteración sustancial del equilibrio de prestaciones exigible en todo contrato público. El expediente incorpora cientos de reclamaciones formales presentadas por particulares, atestados detallados de las patrullas de la Guardia Civil de Tráfico e intensivos estudios cronométricos que demuestran documentalmente la magnitud real de las retenciones soportadas.
A partir de la notificación oficial de este acuerdo, Aucalsa dispondrá de los plazos reglamentarios previstos en la legislación administrativa para formular sus alegaciones, aportar pruebas de parte y agotar los recursos correspondientes antes de una resolución definitiva. No obstante, fuentes jurídicas vinculadas al procedimiento recalcan que la consistencia probatoria del expediente elaborado por la administración deja un estrecho margen para la revocación de la sanción.
De confirmarse en todos sus extremos, la multa no solo supondrá un severo impacto económico para las cuentas de la concesionaria, sino que marcará una pauta de obligado cumplimiento sobre las responsabilidades tarifarias de las empresas explotadoras de autopistas de peaje en todo el territorio nacional.

