Nueva ordenanza de movilidad de Madrid: así afecta a la bicicleta
A principios de octubre, se aprobó la nueva ordenanza de movilidad de Madrid con cambios que afectan a las bicicletas. Un amplio paquete de normas que marcan el uso compartido de las calles de la capital por peatones, vehículos a motor, bicicletas, patinetes eléctricos... pero que no debe confundirse con el Protocolo de Contaminación de Madrid 2019.
En el enlace anterior tienes las novedades de la nueva ordenanza municipal de Madrid que afectan a los vehículos a motor. A continuación repasamos cómo afecta a los ciclistas la nueva ordenanza de movilidad de Madrid.
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Normas generales de circulación para bicicletas
En este aspecto, la nueva norma es más permisiva.
La gran novedad es que mientras la normativa de 2005 prohibía expresamente los giros a la derecha con el semáforo en rojo, la de 2018 los permite siempre y cuando sean debidamente indicados.
Además, se empieza a legislar la circulación en paralelo que ya está permitida salvo en carril-bus y se permite la circulación en ciclocalles y calles residenciales.
Circulación según el tipo de vía
Este apartado es el recoge las principales novedades. Toma nota:
- Queda prohibida la circulación por aceras con protección especial
- Por las aceras sin protección especial solo podrán circular los menores de 12 años, a menos de 5 km/h y con un acompañante a pie
- La circulación por zonas peatonales se permite solo si se indica (si hay mucha gente tendrá que ir a pie)
- Por las aceras-bici la velocidad máxima autorizada será de 10 km/h y tendrá prioridad los vehículos para personas con movilidad reducida
- En parques:
- circulación permitida en cualquier vía asfaltada
- velocidad máxima 20 km/h
- prioridad peatonal
- En calles residenciales y ciclocalles se permite la circulación en doble sentido
- En zonas 30 km/h se permite el doble sentido con autorización expresa
- En calzadas de varios carriles se aconseja el uso del carril derecho, pero se permite circular por cualquier carril
Pasajeros
La nueva ordenanza de movilidad de Madrid permite un máximo de cuatro pasajeros (incluido el conductor).
Las sillas para niños se permiten solo en bicis de un pasajero y con niños de menos de siete años.
Se mantiene la prohibición de llevar pasajeros en remolques.
Estacionamiento
En este punto la nueva norma es también más permisiva.
- Está permitido aparcar las bici en cualquier aparca-bicis (como el de la imagen). También en el mobiliario urbano, excepto señales y vegetación
- En las aceras con banda de aparcamiento solo se puede estacionar si hay aparca-bicis.
- En las aceras sin banda de aparcamiento se puede estacionar en aparca-bicis y mobiliario siempre y cuando se respete un paso de tres metros para peatones
- Está permitido dejar la bici en zona de parking de motos
- En aparcamientos municipales solo se permite el estacionamiento de bicis con biciregistro y en plazas específicas
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