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Los cinco cambios de Madrid Central 2020 que ya están en vigor desde el 1 de enero

Madrid 360 mapa
Madrid 360 (o Madrid Central 2020) trae cambios que ya son fehacientes.

Vamos a ver los cinco cambios de Madrid Central 2020 que ya están en vigor desde el 1 de enero. El año 2020 ya está aquí, y además de algún que otro empacho, el mes de enero trae novedades en Madrid Central (ahora conocido como Madrid 360). Los principales: el Ayuntamiento cambia el perímetro de la zona de bajas emisiones al dejar que dos calles sean de libre circulación y en algunos casos concretos ha flexibilizado el acceso de vehículos a esta zona de bajas emisiones.

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Pero la cosa es más extensa; por eso, vamos a ver los cinco cambios de Madrid Central 2020 que ya están en vigor desde el 1 de enero.
 

1. Cambio en el mapa de Madrid Central 2020

Madrid Central 2020 (o Madrid 360) conlleva, de entrada, un cambio en el mapa de esta zona de bajas emisiones. Así, desde el 1 de enero se permitir la libre circulación en las calles Mártires de Alcalá y Seminario de Nobles.

Según ha informado el propio Ayuntamiento, la decisión de sacar estas dos calles de Madrid Central se ha adoptado “para reducir los recorridos entre la calle Princesa y los barrios de Argüelles, Gaztambide y Arapiles. De este modo, se alivia la congestión circulatoria y, por tanto, también mejora la calidad del aire”.

2. Prórroga para algunos vehículos A

Otro de los cambios que trae consigo Madrid Central 2020 desde el 1 de enero es la concesión de un año de prórroga para el acceso a esta zona de bajas emisiones para los vehículos con etiqueta A, pero solo en algunos supuestos: "razones excepcionales que lo aconsejan para satisfacer las necesidades del tejido social y productivo de la ciudad". 

Además, esta prórroga de un año para vehículos con etiqueta A afectará a vehículos como grúas y vehículos taller y auxilio en carretera; vehículos tipo turismo de los establecimientos de comercio, restauración y hostelería ubicados en el interior de Madrid Central, o vehículos especiales como militares, portacontenedores, portavehículos, basculantes, blindados, funerarios, RTV, grúas de arrastre, hormigoneras, extractores de fangos, autobombas, bombas de hormigonar, perforadoras, excavadoras, compactadores vibratorios, compactadores estáticos, riegos asfálticos y pintabandas.

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También a los vehículos que lleven y recojan a los alumnos de las escuelas infantiles, colegios e institutos de educación infantil, primaria y secundaria ubicados en el ámbito de Madrid Central; vehículos tipo turismo de personas trabajadoras en Madrid Central cuya hora de inicio o de fin de la jornada laboral esté comprendida entre las 24 horas y las 6.30 horas; vehículos que accedan a los talleres de reparación ubicados en el área y vehículos de los abogados del servicio de guardia del turno de oficio para acceder a las comisarías de Policía ubicadas en los distritos de Centro y Retiro, hasta el día 31 de diciembre de 2020.

La modificación también afecta a los vehículos de servicios públicos esenciales y los de las administraciones públicas y sus contratistas, rotulados o no, podrán acceder más allá del 31 de diciembre de este año cuando el prestador justifique la imposibilidad de ofrecer el servicio con otro tipo de vehículo, bien porque le vincule un contrato durante su vigencia o porque no exista ese tipo de vehículo con etiqueta 0 emisiones, ECO, C o B.

3. Más horario para los vehículos de mercancías

Los vehículos de mercancías tendrán ahora también un horario más amplio de acceso. Así, desde el 1 de enero, motos, ciclomotores y triciclos con etiqueta B y C con los que se prestan servicios de mensajería y reparto a domicilio pueden acceder a Madrid Central de 7:00 h a 23:59 h (desde el pasado 30 de junio solo podían acceder hasta las 22.00 horas).

4. Quiénes ya no pueden acceder a Madrid Central

A partir del 1 de enero, a Madrid Central 2020 ya no podrán acceder todos los vehículos sin etiqueta cero emisiones, eco o B. Por ello, no podrán seguir pasando los vehículos de menos de 3.500 kilogramos de masa autorizada sin pegatina de la DGT, una medida que deja fuera del área de bajas emisiones a las furgonetas de reparto más viejas y contaminantes.

Tampoco podrán acceder los vehículos de autoescuelas ubicados en el interior de la zona que tengan distintivo medioambiental B, ni los coches sin distintivo de quienes no sean residentes, que ya no podrán acudir a plazas de garaje privadas ni ser invitados por residentes.

Los vehículos diésel matriculados antes de 2006 y gasolina matriculados previamente al año 2000 no podrán aparcar desde el 1 de enero ya no solo en los aparcamientos públicos, sino tampoco en las plazas de garajes particulares o de residentes situados en el ámbito de Madrid Central.

Solo se les permitirá el acceso si disponen de alguna condición que pueda ser autorizable, como que el vehículo pertenezca a una persona empadronada en el distrito Centro o traslade a personas de movilidad reducida. Esta misma limitación afecta a los vehículos A con MMA igual o inferior a 3.500 kilogramos empleados para realizar urgencias de suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones dentro del perímetro. 

5. Prohibido aparcar en las zonas SER

Los propietarios de vehículos A tiene prohibido el estacionamiento en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a partir del 1 de enero. Solo podrán aparcar en las plazas que se encuentren dentro del distrito en que están empadronados.
 

Etiquetas: Madrid 360

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