Los requisitos que debe cumplir un coche histórico para circular por España

Todo lo que tienes que saber.

Con la implantación masiva de las Zonas de Bajas Emisiones (al menos en teoría, porque en la práctica pocos ayuntamientos las han activado aunque la normativa las impone desde el 1 de enero de 2023), los conductores han intentado encontrar vacíos legales para poder entrar en ellas sin un coche ECO o CERO y muchos han puesto su mirada en los coches históricos.

Se trata de una opción interesante y que, al menos a priori, es más barata que tener que hacerse con un modelo electrificado o directamente con un coche eléctrico. Sin embargo, no todo vale, existe una regulación estricta al respecto.

Es por eso que vamos a repasar todos los requisitos que debe cumplir un coche histórico para circular por España.

¿Qué es un vehículo histórico?

Es un primer punto que conviene clarificar, pues mucha gente considera que basta con que sea un coche muy antiguo, y en realidad no es así. 

La propia DGT lo define de la siguiente manera: “Se considera histórico aquel vehículo que por su antigüedad, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo”.

Además, señala que “la figura de vehículo histórico ofrece una protección que permite resguardar el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo, a la vez que permite la utilización del vehículo con la debida seguridad técnica y mecánica”.

¿Cuáles son los requisitos que ha de cumplir?

Eso ya apunta que no todos los vehículos antiguos son históricos, pero es que, además, para poder solicitar la catalogación como coche histórico es necesario que cumpla alguno de estos tres requisitos:

  • Antigüedad: para entrar dentro de esta calificación deberá tener al menos 30 años desde su primera matriculación o fabricación. Además, es necesario que esté en estado original, descartándose si ha experimentado cambios en elementos como el motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería
  • Interés especial: para considerar que lo tiene, el modelo debe estar inscrito en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, haber sido declarado como bien de interés cultural o que el vehículo concreto haya participado en algún hecho histórico o pertenecido a una personalidad importante
  • Vehículo de colección: la última opción es que sea un vehículo del que se hayan fabricado my pocas unidades, o sea singular o único, lo que justificaría que entrara dentro de la categoría de histórico

¿Cuáles son las ventajas que tienen los coches históricos?

Entrar dentro de este grupo tiene beneficios relativos al mantenimiento y a sus posibilidades de circulación.

El aspecto que más interesa en la situación actual es que, y citamos a la DGT, “por su régimen especial, y sus características, un vehículo histórico está exento del cumplimento de las normas en materia de anticontaminación”. 

Esto, a efectos prácticos, implica que puede circular por las ZBE sin problemas y tampoco se ve afectado por las restricciones que se dan en los episodios de alta contaminación.

Otra ventaja asociada tiene que ver con la ITV, puesto que aunque tienen que pasarla, se espacian más las visitas para las revisiones: con menos de 40 años hay que pasarla cada dos, con entre 40 y 45 años se amplía a tres y cuando tienen más de 45 años hay que pasarla cada cuatro años.

Además, no están obligados a tener elementos obligatorios para la circulación hoy en día si cuando se fabricaron no los equipaban.

¿Qué requisitos que debe cumplir un coche histórico para circular por España?

Suponiendo que todo esté en regla, sigue habiendo ciertas consideraciones a tener en cuenta cuando se quiera circular con un coche histórico por las carreteras españolas, puesto que, en función de sus características, tendrán ciertas limitaciones.

Se agrupan básicamente en dos aspectos: velocidad e iluminación.

Para empezar, los vehículos que no superen los 40 km/h de velocidad máxima tendrán que circular por el arcén siempre que sea posible. Además, los que no puedan alcanzar los 60 km/h tienen prohibido circular por autopista o autovía los vehículos que no alcancen los 60 km/h. Por último, en fechas y vías concretas se puede prohibir la circulación de los que no superen los 80 km/h.

En lo respectivo a la iluminación, la normativa dicta que los vehículos que por su antigüedad o características no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos “no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario alumbrado”.

¿Cómo matricular un vehículo como histórico?

Si el vehículo cumple con los requisitos estipulados para ser considerado como histórico, los pasos a dar son relativamente sencillos.

Lo primero es obtener la catalogación como tal, algo que hay que hacer en la Comunidad Autónoma, solicitando la inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial acreditado por la misma y presentando los documentos acreditativos que se requieran.

Lo siguiente es acudir a la ITV indicando que se trata de una inspecciónespecífica para conseguir la matrícula histórica.

A continuación, hay que pagar los impuestos asociados, que pueden ser tres distintos:

  • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que esté registrado
  • Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte si el vehículo no ha estado matriculado antes en España
  • Justificante del pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si se presenta un contrato entre particulares o un documento notarial

Por último, se realiza la matriculación, que se hace en la DGT, bien de manera presencial, bien de manera online, con un coste de 99,77 euros.

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Mario Herráez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España