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¿Te pueden multar por informar de la ubicación de un radar? La DGT responde

Radares de tramo: la DGT cuenta cómo funcionan de verdad

Va otra pregunta de las que generan debate: ¿te pueden multar por informar de la ubicación de un radar? Como respuesta, acudimos a los que más saben (o deberían saber) del tema: la mismísima Dirección General de Tráfico.

Lo de alertar de la ubicación de los controles de velocidad genera controversia. Hace años que la DGT publica y actualiza de forma periódica la lista con la ubicación exacta de todos sus radares de velocidad. En el listado, disponible en su página web oficial aparecen los 1.320 radares fijos, móviles y de tramo instalados en las carreteras españolas

Hay que recordar que en la lista no figuran los radares de Cataluña y País Vasco por tener estas comunidades transferidas las competencias de tráfico, pero sí los puedes encontrar en nuestra lista de radares 2020, provincia a provincia. Otro dato: a los 1.320  que aparecen en la lista actual, el año que viene habrá que sumar 75 nuevos radares, tal y como ha anunciado el director general de Tráfico, Pere Navarro.

¿Es legal informar de la ubicación de los radares?

Teniendo en cuenta que la ubicación de los radares es, como decimos, información de acceso público que la propia DGT actualiza de continuo la respuesta está clara: no te pueden multar por informar de la ubicación de los radares.

Así lo explica Tráfico desde su perfil de Twitter:

El tuit de la DGT añade información adicional: el uso de avisadores de radar es legal; el de detectores o inhibidores no es legal. Repasamos la diferencia entre estos tres aparatos:

  • Avisadores de radar. Su uso está permitido porque advertir de la ubicación de los medidores de velocidad utilizan una base de datos (generalmente la oficial de la DGT) que no interactúa con el radar.
  • Detectores de radar. Ilegales. Son dispositivos capaces de detectar la frecuencia de un radar, ya sea fijo o móvil, pero no la inhibe. Están prohibidos desde el 9 de mayo de 2014 y su uso está penado con una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.
  • Inhibidores de radar. Ilegales. Detectan la presencia de un radar por ondas de frecuencia como lo hacen los detectores pero, además, inhiben esta señal. Es decir, en teoría, un inhibidor además de advertir de la presencia del cinemómetro emite una señal que impide que el radar capte la velocidad del vehículo. Llevarlo instalado supone una multa de 6.000 euros y la detracción de seis puntos. Al taller instalador le pueden multar con 30.000 euros.

Etiquetas: radares

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