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Te han estado engañando todo este tiempo: “No está específicamente prohibido conducir con chanclas”

Se puede conducir con chanclas, pero te pueden multar

El Reglamento General de Circulación no prohíbe taxativamente conducir con chanclas, pero sí incluye una serie de artículos donde especifica cómo hay que conducir.

Una vez más, estamos a las puertas de un nuevo verano, aunque ya tenemos temperaturas más propias de julio y agosto, y vuelve a surgir una duda entre muchos conductores que no termina de quedar meridianamente clara. Es sobre si está prohibido conducir con chanclas.

En estas fechas con temperaturas elevadas es habitual relajarse al volante, sobre todo, en los periodos vacacionales. En esos momentos, solemos realizar pequeños trayectos con el coche, de casa a la playa o al supermercado más cercano, por ejemplo, y conducimos sin prestar demasiada atención a la seguridad.

Prácticas como conducir con chanclas o sin camiseta son bastante comunes en esta época del año, pero pueden ser muy peligrosas y muchos no son consciente de ello. La Guardia Civil lo aclara y avisa a todos: “No está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado”.

Te han estado engañando todo este tiempo: “No está específicamente prohibido conducir con chanclas”

Lo dice a través de un tweet en el que recuerda que “no está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado, por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos”.

Efectivamente, el Reglamento General de Circulación no prohíbe taxativamente conducir con sandalias pero sí incluye una serie de artículos donde especifica cómo hay que conducir. 

En concreto, el artículo 17.1 establece que “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales”. 

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Por su parte, el artículo 18, referido a las obligaciones del conductor, dice: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. 

Y prosigue: “A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado)”.

Abierto a la interpretación

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Fabricante - DGT

Por tanto, cuando conduzcas, debes hacerlo en las mejores condiciones. Hacerlo con chanclas o, incluso, descalzo no parece que sea la manera más segura de controlar los pedales del coche, por lo que puede suponer un peligro que puede ser motivo de sanción. 

La interpretación de esta norma pude hacer que un agente te ponga una multa de 80 euros por conducir con chanclas, al entender que no llevas el calzado adecuado y, por tanto, no tienes el control total de tus movimientos.

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