Así puedes quedarte con un coche abandonado

Pero tendrán que cumplirse una serie de requisitos.
Hay muchos tipos de coches abandonados. Los hay que están en plena calle, otros están en graneros cogiendo polvo… pero hay algunos que incluso pueden haber sido “abandonados” porque te los han dejado a tu cargo o incluso están en tu propiedad, como puede ser el caso de en un aparcamiento.
Es posible que en alguna ocasión hayas pensado, tras ver repetidamente el mismo vehículo, que te gustaría hacerte con él. Tenemos buenas noticias para ti: es posible y de manera completamente legal, gracias a la usucapión. Eso sí, solo bajo unas circunstancias concretas, por lo que no vale para cualquier coche.
Lo primero es lo primero, ¿qué es la usucapión? Lo definen así en conceptosjurídicos.com: “La usucapión o prescripción adquisitiva es el modo de adquirir la propiedad por posesión de la cosa durante un tiempo determinado”.
No es que sea algo muy explicativo para quien no esté versado en lenguaje jurídico, pero lo que viene a significar es que, bajo circunstancias concretas, se puede pasar a ser propietario legal de algunos bienes. Estas circunstancias son, concretamente, a que, si alguien ha poseído o se ha hecho cargo de un bien durante un tiempo determinado, el ordenamiento jurídico considera al individuo como merecedor de ser su propietario.
Hay que tener en cuenta que el artículo 1936 del Código Civil señala que puede ser objeto de usucapión todo aquello que pueda ser objeto de mercado, es decir, que se pueda comprar y vender, por lo que los automóviles están incluidos en este concepto.
También hay que saber que hay dos tipos de usucapión, ordinaria y extraordinaria. Ambas permiten “apoderarse” de un bien, pero los requisitos necesarios para una y otra vía son diferentes.
La usucapión ordinaria, según el Artículo 1940 del Código Civil, se utiliza “para la prescripción ordinaria del dominio y demás derechos reales se necesita poseer las cosas con buena fe y justo título por el tiempo determinado en la ley”.
Para seguir esta vía hay que cumplir cuatro requisitos:
- Posesión: que haya sido ininterrumpida, pacífica, pública y que el individuo haya tenido que realizar las tareas que se consideran propias del dueño (por ejemplo, cuidarlo, llevar a cabo un mantenimiento, etc.)
- Buena fe: que quien posee el bien crea que la posesión que ostenta la recibió de quien era dueño del bien en origen
- Justo título: el documento que sirve para transferir legalmente el dominio del bien
- Por tiempo determinado en la ley: para los bienes muebles se ha tenido que tener durante 3 años, para los inmuebles 10 años presentes y 20 años ausentes
La segunda vía es la usucapión extraordinaria, para la que no se exige que haya buena fe ni justo título, así que para compensar, lo que es más estricto es el requisito del plazo de posesión requerido. Así, en los bienes muebles se necesita que sea de 6 años y en los bienes inmuebles el plazo sube hasta los 30 años.
Ley de usucapión para coches
Establecida la base del concepto, ahora llega la parte importante: ¿cómo se relaciona con la posibilidad de hacerse con un coche abandonado?
Básicamente, es posible convertirse en propietario de un coche abandonado si se cumplen ciertos requisitos, por lo que no basta con ir por la calle y elegir uno que esté abandonado. El usuario de Instagram George Smith lo explica de manera muy clara:
El primer paso es cerciorarse de que el coche no es propiedad de nadie, es decir, que ha sido dado de baja. Es algo que se puede comprobar en la DGT. En el caso contrario, habrá que contactar con el dueño y llevar a cabo una compraventa convencional.
Si está dado de baja, lo siguiente es poder demostrar que te has estado haciendo cargo del vehículo durante el tiempo estipulado por la ley, que como lo habitual en estos casos es que se haga mediante usucapión extraordinaria (si buena fe ni justo título), significa 6 años.
Hacerlo es relativamente sencillo y hay muchas maneras de justificarlo ante el juez: desde testigos que puedan corroborar su versión hasta imágenes durante todos esos años, pasando especialmente por facturas y documentos que demuestren que te has encargado de llevarlo al taller, de realizar los mantenimientos, etc.
Valorando todas las pruebas que aportes, el juez puede fallar a tu favor y convertirte en el propietario legal de ese vehículo que estaba abandonado a tu cargo y del que te has ocupado durante todo ese tiempo.
Eso sí, aunque es difícil poder acogerse a la usucapión, abre la puerta a situaciones comprometidas, lo que hace que pueda ser algo polémico.
Y es que, pongamos por ejemplo, que un amigo se va de viaje, deje a tu cargo su automóvil y, por lo que sea, está seis años sin volver a por él. Legalmente podrías intentar reclamar la propiedad del vehículo y reclamarlo para ti.
Pero no solo eso, también podría ocurrir si un familiar está hospitalizado durante ese periodo de tiempo o por condiciones médicas no puede conducir durante esos años y eres tú el que se hace cargo del automóvil.

