Multas de 1.000 y controles de alcoholemia, las nuevas normas que deben respetar los ciclistas

Los límites de alcohol y/o drogas son los mismos que para los vehículos a motor
¿Sabes que si circulas en bici de manera irregular te puede poner multas de hasta 1.000 euros?
Las nuevas formas de movilidad (patinetes y otros vehículos de movilidad personal) exigen un cambio en las reglas del juego para que todos los medios de transporte puedan convivir de forma pacífica. Esto, para bien y para mal, es decir, en forma de derechos pero también de obligaciones que si no se cumplen acarrean multa de tráfico.
A continuación, repasamos algunas de las normas que deben cumplir los usuarios de bicicletas y las sanciones que no respetar la norma pueden conllevar.
Usar el teléfono móvil
Ni en coche, ni en patinete, ni en bicicleta, el uso del teléfono móvil está prohibido cualquiera de estos medios de transporte.
La sanción que conlleva mantener una conversación o enviar un mensaje desde un dispositivo móvil al tiempo que se monta en bicicleta es la misma que cuando un conductor es descubierto sujetado el dispositivo con la mano: 200 euros. Eso sí, sin pérdida de puntos.
Consumir alcohol o drogas antes de circular
Tampoco es compatible ingerir alcohol y/o drogas y volver a casa en bicicleta.
Cualquier usuario de bici puede ser requerido para un control de alcohol y/o drogas en cualquier momento. Los límites son los mismos que se fijan para los conductores de vehículos a motor, excepto en el caso de los menores de edad que, con la nueva Ley de Tráfico en vigor desde el 21 de marzo, se les aplica la tolerancia cero.

Respecto a las sanciones se fijan en función de la tasa que arrojen las pruebas pero pueden llegar a los 1.000 euros.
Pasajeros
En bicicleta solo está permitido llevar pasajeros siempre y cuando el conductor sea mayor de edad y el acompañante menor de 7 años y viaje en un asiento homologado.
Chaleco reflectante y casco
Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado es recomendable el uso de una prenda reflectante que mejore la visibilidad ante otros usuarios de la vía.
Respecto al casco es obligatorio en bici la norma distingue entre uso en ciudad y en carretera. En entornos urbanos la norma impone su utilización solo para menores de 16 años; mientras que carretera se tiene que llevar siempre y con independencia de la edad del usuario.

Pasos de peatones
Cuando se trata de cruzar un paso de peatones el usuario de bicicleta tiene dos opciones. Si quiere cruzar este elemento vial montado en ella debe actuar como el resto de vehículos a motor: parándose en perpendicular y esperando a que el semáforo pase a fase verde para vehículos.
También puede atravesarlo como el resto de los peatones pero, en este caso, deberá apearse de la bicicleta y actuar como un viandante.
Circular por la acera
Las bicicletas no tienen permitido circular por las aceras; tampoco en zonas peatonales salvo que existan carriles bici. Actuar de manera contraria son infracciones que se penalizan con sanciones económicas de 100 euros.
La normativa de la DGT respecto al uso de bicicletas establece también que, en carretera, deben circular por el arcén derecho y que solo podrán abandonarlo en descensos prolongados y si hay condiciones seguras. En este caso la multa es de 200 euros.