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Un juez invalida las multas de los semáforos con cámara en Madrid

Semáforo con cámara

Nacho de Haro

La falta de fiabilidad del sistema de semáforos con cámaras que usa el Ayuntamiento de Madrid es la principal causa por la que un juez ha anulado la multa impuesta a un automovilista en enero.

Los semáforos con cámara, conocidos oficialmente como sistema ‘foto-rojo’, siguen generando polémicas. Si ya te contamos hace unos meses que un estudio  había demostrado que pueden provocar más accidentes, ahora vuelven a centrar nuestra atención después de que un juez invalide las multas de los semáforos con cámara en Madrid al considerar que el sistema presenta faltas de garantías jurídicas y de fiabilidad.

VÍDEO: Así funciona un semáforo con cámara

En la sentencia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 23 de Madrid anula la multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir de un automovilista que el pasado mes de enero supuestamente se saltó un semáforo en rojo en el cruce de la calle Cea Bermúdez con Vallehermoso. Y lo hace alegando falta de garantías jurídicas y falta de fiabilidad que tiene el sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid para multar.

Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la organización que se encargó de la defensa del usuario sancionado, señala que este semáforo ‘foto-rojo’ forma parte de los 15 últimos dispositivos instalados por el Ayuntamiento de la capital el pasado año, indicando que desde su puesta en marcha en febrero de 2016, ha formulado más de 4.000 denuncias. Recuerda que el semáforo que más multas registra de España está en Madrid.

No es la primera vez que un juez anula una multa de los semáforos ‘foto-rojo’ de Madrid, hace ahora poco más de un año otro magistrado invalidó la sanción impuesta a otro conductor que supuestamente rebasó un disco en rojo porque no quedaba constancia de que el usuario podía frenar en condiciones de seguridad.

La última sentencia judicial se apoya además en una resolución del Tribunal Supremo de 2015, que recordaba que “es exigible que ese dispositivo quede sujeto a control metrológico para que sus fotos tengan valor probatorio”. Es decir, que es necesaria una certificación de la precisión del aparato según los requisitos que establece la legislación vigente.

Fuente: ElMundo

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