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Estos son los coches que no tienen restricciones en el Estado de Alarma

Estos son los coches que no tienen restricciones en el Estado de Alarma

En el momento en el que el Gobierno estableció el Estado de Alerta y publicó el Real Decreto que regula este escenario, los movimientos de la población fueron limitados debido al coronavirus. Eso sí, las autoridades contemplaron una serie de excepciones para determinados supuestos. En este caso no hablamos de cuándo puedes salir de casa, sino de los coches que están exentos de las limitaciones de circulación durante el Estado de Alarma.

¿Cuántas personas pueden ir en coche en el Estado de Alarma?

Hay determinados vehículos que debido a su naturaleza y a las funciones que desempeñan es necesario que sigan activos durante este tiempo. Sus servicios son necesarios en la batalla contra el Covid-19, pero también a la hora de mantener la normalidad dentro de esta situación excepcional. Por lo tanto, aquellos que están recogidos en el Artículo 1 de la Orden INT/262/2020, modificada por la Orden INT/284/2020, podrán circular sin las limitaciones que sí tienen el resto.

Estos son los coches que no tienen restricciones en el Estado de Alarma

Dentro de este nos encontramos con aquellos vehículos destinados a labores sanitarias:

  • Transporte sanitario y asistencia sanitaria, pública o privada, los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los de protección civil y salvamento y los de extinción de incendios.
  • Transporte de personal de mantenimiento o técnicos de reparación de instalaciones o equipamientos sanitarios
  • Distribución de medicamentos y material sanitario.

Al mismo tiempo, están incluidos los de las Fuerzas Armadas, Correos y aquellos necesarios para el mantenimiento de carreteras (auxilio en carretera y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras), recogida de residuos sólidos urbanos, fabricación y distribución de productos de limpieza e higiene, transporte de materiales fundentes y de combustibles, distribución de alimentos y los fúnebres.

A estos tenemos que añadir los relacionados con la seguridad privada como los vehículos utilizados por las empresas que prestan servicios de transporte de seguridad, de respuesta ante alarmas, de ronda o vigilancia discontinua y aquellos que resulte preciso utilizar para el desempeño de servicios de seguridad en garantía de los servicios esenciales y el abastecimiento a la población.

Estos son los coches que no tienen restricciones en el Estado de Alarma

Finalmente, no podemos olvidar los vehículos del sector alimentario:

  • Los destinados a la producción, comercialización, transformación y distribución de productos agrícolas, ganaderos y pesqueros y sus insumos; a la producción, distribución alquiler y reparación de equipos y maquinaria para la agricultura, la pesca, la ganadería y su industria asociada. También los que tienen como fin el transporte y tratamiento de residuos y subproductos agrícolas, ganaderos y pesqueros y de la industria alimentaria.
  • Los destinados al transporte de mercancías perecederas, entendiendo como tales las recogidas en el Acuerdo Internacional sobre el transporte de mercancías perecederas (ATP) así como las frutas y verduras frescas en vehículos que satisfagan las definiciones y normas expresadas en el anejo 1 del ATP. En todo caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.

A todos estos casos habrá que añadir lo que no están incluidos, pero son considerados por los agentes encargados del control y disciplina del tráfico necesarios para garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población.

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