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Estas furgonetas ya no pueden entrar al centro de Madrid

Furgonetas etiqueta B no pueden entrar en centro de Madrid

Las furgonetas con etiqueta B ya no pueden encontrar en el centro de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara nulo de pleno derecho el precepto por el cual el Ayuntamiento de Madrid aprobó la moratoria para que pudieran acceder a Distrito Centro durante el año 2023.

Duro golpe para las furgonetas con etiqueta B de hasta 3.500 kg, que ya no podrán acceder al centro de Madrid, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya anulado la moratoria que concedió el Ayuntamiento para estos vehículos. 

En 2021, el Ayuntamiento de Madrid aprobó la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que introducía una serie de restricciones al tráfico en las diferentes Zonas de Bajas Emisiones de la capital (ZBE municipio de Madrid y las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de -ZBEDEP- Plaza Elíptica y Distrito Centro).

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Esto afectaba a las furgonetas de hasta 3.500 kg con etiqueta B, la que suelen realizar tareas de reparto, principalmente, y que no podían acceder a la ZBEDEP de Distrito Centro para realizar repartos a partir del 1 de enero de 2023, tal y como se recogía en la Nueva Ordenanza.

Sin embargo, ante las presiones de este colectivo, principalmente empresas de logística, transporte y reparto, el alcalde de Madrid, José Luis Martinez-Almeida, accedió a reunirse con sus representantes y concedió una moratoria para este año 2023, que se extendía hasta el 1 de enero de 2024

De esta manera, los mencionados vehículos podían seguir accediendo a Distrito Centro en el horario de 07:00 h a 13:00 h, sin ningún tipo de restricción.

Estas furgonetas ya no pueden entrar al centro de Madrid

ZBE Madrid

Tal y como recoge Pyramid Consulting, “el TSJM, tras el recurso presentado por Más Madrid Y PSOE, ha declarado nulo de pleno derecho el precepto por el que se aprobó la moratoria que se introdujo a través de la inclusión en la disposición final de la ordenanza de Limpieza y Residuos”.

Según indica el alto tribunal, “no sólo la enmienda introducida supone una modificación sustancial del texto sometido a información pública sino que además tampoco presenta una mínima relación de homogeneidad con el proyecto aprobado pues su objeto ni siquiera es alterar el contenido de la ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular sino modificar otro texto normativo, la ordenanza de Movilidad Sostenible (…) no existió ninguna posibilidad para los potenciales interesados en realizar alegaciones sobre la disposición al introducirse ex novo, vía enmienda, y no guardar relación alguna con el proyecto en el que se insertó”. Por lo que se procede a “declarar la nulidad de pleno derecho del precepto impugnado”.

Según la consultoría especializada en gestión de multas, esta sentencia implicaría, en caso de devenir firme si no recurre el Ayuntamiento en el plazo de 30 días, que las furgonetas con etiqueta B dedicadas al reparto principalmente no podrán circular por Distrito Centro en lo que resta de año desde la firmeza de la sentencia.

Inseguridad jurídica

Por otro lado, desde Pyramid Consulting denuncian que el Ayuntamiento de Madrid no está acreditando correctamente durante el procedimiento administrativo las señalizaciones que supuestamente no ha respetado el conductor que ha accedido a la ZBEDEP, disponiendo ya sentencias favorables de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid en este sentido.

Además, sostienen que todos estos vaivenes normativos y cambios de criterio están generando inseguridad jurídica que afecta directamente a todos los conductores, que desconocen si pueden o no acceder a las ZBE y en qué condiciones.

Etiquetas: ZBE, Furgoneta

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