El delito al que se enfrenta un conductor cazado a 204 kilómetros por hora en una carretera con límite de 100, y no ha sido en Alemania, sino en España

La Guardia Civil interceptó a un conductor que circulaba a 204 km/h con un Volkswagen Golf a la altura de Motril. Ahora se enfrenta a este delito.

Lamentablemente, todavía hay muchos conductores que sobrepasan los límites de velocidad legales. No sólo eso, sino que además los duplican. Lo vimos hace poco, cuando la Guardia Civil cazó a un Citroën C4 y a un Seat León a 200 km/h. Ahora lo volvemos a ver en este conductor cazado a 204 km/h donde el límite era de 100.

Ocurrió en la Autovía A-7, en la provincia de Granada, a la altura de Motril. La Guardia Civil pilló a un conductor que circulaba con un Volkswagen Golf a 204 km/h por un tramo limitado a 100 km/h. 

Según ha trascendido, el conductor se dirigía a Almería. Los agentes de tráfico no detuvieron al conductor en ese momento, sino que avisaron a otras patrullas en activo a través de la Central Operativa, así como a la Central del Subsector de tráfico de la Guardia Civil de Almería

Tras el aviso, minutos más tarde una patrulla de tráfico de El Ejido interceptó al hombre, de 31 años y natural de Málaga. 

La Guardia Civil intercepta a un conductor a 204 km/h donde el límite era 100

Este conductor no sólo se enfrenta a una multa. Tras la entrada en vigor de la actual Ley de Tráfico en 2021, la cuantía de la multa varía en función de la velocidad, pudiendo llegar hasta los 600 euros y la retirada de seis puntos del carné.

Pero, a partir de 191 km/h, ya hablamos de delito. En el caso que nos ocupa, el conductor fue cazado a 204 km/h por un tramo donde el límite legal era 100 km/h. Es decir, duplicaba la velocidad legal permitida. 

En consecuencia, tal y como establece el articulo 379.1 del Codigo Penal, “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Este conductor superaba en más de 80 km/h el límite en una vía interurbana, por tanto, se enfrenta a una pena de prisión que va desde los tres a los seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Independientemente de la pena que reciba, lo que sí es seguro es que este conductor no podrá conducir durante un buen tiempo (entre uno y cuatro años).

Estos son todos los límites de velocidad

Los límites de velocidad se establecen en función del número de carriles que tienen para cada sentido y de la existencia o no de acera para establecer los nuevos máximos:

  • Vías con una plataforma única para la calzada y la acera (también conocidas como cota cero): 20 km/h.
  • Vías con un único carril por sentido de circulación: 30 km/h.
  • Vías con dos o más carriles: seguirá siendo de 50 km/h.
  • Vías urbanas de dos o más carriles por sentido de circulación y travesías: 40 km/h para aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas.
  • Autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado: 80 km/h, límite que podrá ser ampliado por la autoridad municipal.
  • Autopistas y autovías: se mantiene el límite de 120 km/h.

Por otra parte, recuerda que ya no está permitido superar en 20 km/h el límite legal para realizar adelantamientos en carreteras secundarias.

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Álvaro Escobar

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España