Si la Guardia Civil le pone un multa a un pasajero, ¿quién tiene que pagar la sanción?

No llevar cinturón o cometer imprudencias suelen ser las razones más frecuentes por las que la Guardia Civil puede multar a un pasajero pero, ¿quién tiene que pagar la sanción?
La Guardia Civil lanza una advertencia a través de las redes sociales: los excesos de velocidad, uso del móvil o consumo de alcohol al volante son sancionables para los conductores, pero hay razones por las que pueden multar a los pasajeros y, si es eso pasa, empieza el debate: ¿quién paga la multa?
Aunque la Ley dice que el conductor es responsable en todo momento del comportamiento de todos los ocupantes del vehículo, la mayor parte de las multas derivadas de las acciones de los pasajeros son asumidos por estos. Ahora bien, hay excepciones...
Multas a los pasajeros: hasta 500 euros
Son varias la razones por las que los agentes de Tráfico de la Guardia Civil y las policías locales (en función de dónde se produzca la infracción la autoridad sancionadora varía) pueden sancionar al ocupante, no conductor, de un vehículo. No es algo que haya que tomar a la ligera, primero porque es cuestión de seguridad y, segundo, porque la multa puede llegar a 500 euros.
Estas son las sanciones más habituales a los pasajeros de un vehículo.
- No llevar puesto el cinturón de seguridad. Es obligatorio llevar el cinturón correctamente abrochado en todas las plazas del vehículo. Así lo establece la Ley por seguridad tanto de los pasajeros como de sus compañeros de viaje: en caso de accidente el efecto elefante los cuerpos y cualquier otro elemento no sujeto se desplazara con una fuerza equivalente a 40 veces su peso. La multa por no llevar el cinturón de los ocupantes es de 200 euros
- Conductas peligrosas. La lista es larga y no está definida ya que hay ocasiones en las que son los agentes los que determinan si una actitud o acción puede implicar peligro. Algunas ejemplos: sacar la cabeza por la ventanilla o mantener una postura inapropiada durante el viaje (un ejemplo muy típico: llevar los pies en el salpicadero). Para estas infracciones la multa es de 100 euros.
- Forman parte de las conductas peligrosas pero con carácter grave distraer al conductor con conductas como gritar, manipular el volante o la palanca de cambios, arrojar colillas u otros objetos por la calzada. En este caso la sanción aumenta hasta 500 euros.
Conductor o pasajero, quién paga la multa
El hecho de ser pasajero no libera de toda la responsabilidad dentro del coche. Aplicando el refranero popular se puede decir aquello de quién la hace, la paga, porque en caso de que la Guardia Civil o policías locales sancionen a un pasajero, será este el responsable de abonar la sanción, sino siempre, sí en la mayor parte de los casos.
Hay excepciones: el conductor paga la infracción de sus pasajeros si estos son niños que viajan sin silla. También cuando se trata de una sanción relacionada con la postura que llevan sus acompañantes, porque la Ley establece que es responsable del comportamiento de sus ocupantes.

En aquellos casos en los que es el pasajero el que debe abonar la sanción, la pena será solo económica, incluso si es titular de un permiso de conducir: solo te pueden restar puntos si eres tú quien va al volante. Esto hace que para la misma infracción la multa sea diferente en función del rol de quien de la comete: arrojar colillas por la ventanilla, por ejemplo, conlleva una sanción de 500 euros para conductor y pasajero pero, además, el primero perderá 6 puntos del permiso de conducir.
Mención aparte merecen las multas por no usar el cinturón de seguridad: los pasajeros que no lo lleven abrochado pagarán 200 euros, el conductor deberá abonar esa misma cantidad y perderá 4 puntos del permiso. Pero, ojo, si la sanción es por un niño que viaja sin un Sistema de Retención Infantil (SRI) adecuado a su talla o edad será responsabilidad del conductor y sí habrá pérdida de puntos. En aquellos casos en los que los ocupantes sean menores de edad, los responsable del pago de las multas serán sus padres o tutores legales.
En resumen: los pasajeros pagan las multas por sus infracciones, salvo que sea por no uso de un SRI adecuado o porque el pasajero no use casco si el vehículo así lo requiere. En moto, también lo será por transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima requeridad.