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Cómo pagar el impuesto de circulación

Declaración renta impuestos

Si tienes un vehículo en propiedad no te libras de pagar el impuesto de circulación. Es la tasa que popularmente se conoce como numerito y que se abona una vez al año en una cuantía que varía en función de la potencia fiscal del coche, la moto o vehículo comercial.

Su denominación oficial es Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Aunque nadie utiliza este nombre y todos los conductores se refieren a él como el impuesto de circulación o el dichoso numerito. Se paga por el mero hecho de tener un vehículo en propiedad a 1 de enero del año en curso. Lo de la fecha es importante porque si vendes un coche debes tener en cuenta que el cargo de este tributo corre por cuenta del que fuera propietario del mismo el primer día del año en vigor.

Impuesto de Circulación en Madrid: cómo funciona en la capital

El IVTM es una tasa que se aprobó en España en enero de 1990 (hasta entonces se pagaba el Impuesto Municipal sobre Circulación de Vehículos). Se calcula que supone cerca del 5% del volumen total de ingresos de los municipios, superando los dos millones de euros al año.

Vayamos por partes...

Quién paga el impuesto de circulación

Todos los propietarios de un vehículo dado de alta. Aclaramos esto. 

Los coches, motos, furgonetas... pueden ser dados de baja de forma temporal. Esta fórmula es frecuente cuando, por diferentes razones (un viaje de meses al extranjero, por ejemplo), el vehículo va a pasar mucho tiempo parado. La baja temporal paraliza el pago de seguro, impuestos... pero la picaresca ha dado lugar a la aparición de los llamados coches zombie, ahora en el punto de mira de la Dirección General de Tráfico.

Únicamente están exentos del pago del numerito, los vehículos oficiales, de representantes diplomáticos, de servicio sanitario, para personas de movilidad reducida (grado igual o superior al 33 por ciento), de transporte público urbano con más de nueve plazas (incluida la del conductor) y maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola.

Cuánto cuesta y a quién se paga el impuesto de circulación

Al ser un tributo municipal ambas preguntas van unidas.

El numerito es un impuesto que se paga en todo el territorio nacional pero son los ayuntamientos los encargados de la recaudación. La cantidad a pagar depende de la potencia fiscal del vehículo (no son los CV, sino los CVF que aparecen en la ficha técnica del vehículo). Ahora bien, no hay un baremo a nivel nacional sino que cada municipio decide a cuánto cobrar cada caballo fiscal. Esto ha dado lugar a la aparición de los llamados paraísos fiscales del automóvil: municipios en los que se paga menos por el impuesto de circulación y termina habiendo mucho más cosas censados que vecinos empadronados.

También hay ayuntamientos que premian a los vehículos menos contaminantes rebajando el precio.

Cuándo se paga

El impuesto de circulación corresponde al año en vigor pero el período de pago voluntario se establece, por norma general entre el 1 de abril y el 2 de junio. Fuera de este plazo se puede abonar, pero con el recargo que aplique cada ayuntamiento.

Lo habitual es que el consistorio avise con una carta del comienzo del período de pago voluntario del Impuesto de Circulación, así como de su cuantía.

Cómo pagar el impuesto de circulación

A día de hoy, la mayor parte de los ayuntamientos ofrecen la posibilidad de domiciliar el pago del Impuesto de Circulación. Para ello, el propietario solo tiene que facilitar un número de cuenta de dónde le será retirada la cantidad durante el plazo de pago voluntario.

Los hay que permiten prorratear el pago de todas las tasas municipales (numerito, tasa de basuras, Impuesto de Bienes Inmuebles...). El ayuntamiento suma todo lo que tendrá que pagar cada empadronado al año y lo divide en varias cuotas (normalmente se abonan cada dos meses). Elegir esta modalidad de pago tiene ventajas, entre otras, que los ayuntamientos suelen ofrecer descuentos a quienes solicitan.

Para quienes prefieren ser ellos quienes se muevan para pagar el Impuesto de Circulación los ayuntamientos habilitan varias opciones, las más frecuentes son:

  • en entidades bancarias
  • a través de internet
  • por teléfono
  • a través de una gestoría

¿Y si no pagas?

El pago del Impuesto de Matriculación es obligatorio. Si tratas de hacerte el olvidadizo recibirás varios requerimientos con recargo. Si aun así sigues sin abonarlo, te podrían llegar a embargar la cuenta bancaria e, incluso, el vehículo.

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