Adiós al carnet de conducir si tienes una de estas enfermedades, lo ha dicho a DGT

Los conductores tienen que renovar su carnet de conducir cada 10 años en España, pero muchos no podrán si sufren algunas enfermedades. El médico tiene la última palabra.

La Dirección General de Tráfico (DGT) revisa con cierta frecuencia la lista de enfermedades con las que no podrás renovar el carnet de conducir. El organismo dirigido por Pere Navarro está dispuesto a todo para garantizar la seguridad vial en las carreteras españolas.

Los conductores tendrán que renovar el carnet de conducir cada 10 años. A partir de los 65 años se reduce cada 5, aunque los propios médicos podrán acortar ese plazo según los resultados del reconocimiento médico y psicológico.

Todas las enfermedades con las que no puedes renovar el carnet

Los requisitos para renovar el carnet de conducir son simples: el conductor debe superar un test físico simple en el que se mide su coordinación, la vista o la capacidad auditiva, también se descartan problemas psicológicos. 

El conductor debe demostrar que está en condiciones de estar al volante con plenas facultades. La DGT asegura que algunas enfermedades son incompatibles con la conducción.

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o enfermedades degenerativas.
  • Trastornos de ansiedad, TDHA o trastorno obsesivo compulsivo (TOC).
  • Depresión severa
  • Portadores de desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Enfermedades cardíacas graves
  • Enfermedades oncológicas en activo
  • Enfermedades neurológicas
  • Trastornos respiratorios severos
  • Epilepsia (según grado y tipo de medicación)
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Artritis reumatoide
  • Osteoporosis
  • Hipotiroidismo con complicaciones
  • Infarto agudo de miocardio en los últimos meses
  • Pacientes con marcapasos con complicaciones o desfibrilador automático
  • Nefropatía con necesidad de diálisis
  • Parkinson avanzado
  • Adicción al alcohol o drogas

La DGT establece un listado de enfermedades con las que no se puede renovar el carnet de conducir, aunque siempre dependerá de su gravedad y evolución. Las patologías de la vista pueden afectar seriamente a la atención, los reflejos o la movilidad del conductor multiplicando la probabilidad de sufrir un accidente.

El médico tiene la última palabra al renovar el carnet

La evaluación médica determinará si un paciente puede conducir, incluso si padece una de las enfermedades en la lista de la DGT. La decisión final dependerá del punto en el que se encuentra la dolencia y el tipo de tratamiento que está recibiendo el conductor.

No se puede conducir si consumes algunos medicamentos que alteran las capacidades con efectos como visión borrosa, somnolencia, alteraciones auditivas, vértigos o temblores.

La última palabra la tendrá siempre el médico, que podrá llegar a solicitar que el permiso se renueve anualmente. Las personas que sufran enfermedades crónicas graves o degenerativas en estado avanzado podrán perder el carnet de conducir para siempre.

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