Multón al propierario de un patinete eléctrico que alcanzaba 35 km/h tras una medición con un dinamómetro

La Policía Local de Huelva pone el foco en los peligros de un mal uso de los patinetes eléctricos
Un suceso que marca un precedente significativo en la regulación del tráfico urbano ha tenido lugar recientemente en Huesca, donde la Policía Local ha impuesto un multón de 500 euros al propietario de un patinete eléctrico.
La sanción se produce como resultado de una medición pionera realizada con un dinamómetro, que demostró que el Vehículo de Movilidad Personal (VMP) circulaba a 35 km/h, superando con creces el límite legal establecido. Sin embargo, más allá de la cuantía, este caso destaca por el método de control empleado, además de poner el foco en la creciente problemática de los patinetes trucados o modificados que comprometen la seguridad en las vías públicas.
El incidente se materializó el pasado martes por la tarde. Agentes de la Policía Local, en labores rutinarias de vigilancia entre la calle del Parque y la céntrica plaza Navarra, se percataron de la velocidad inusualmente alta de un joven que circulaba a bordo de un patinete eléctrico.

Las sospechas fundadas llevaron a la patrulla a detener el vehículo para una inspección in situ. Lejos de las verificaciones visuales o estimaciones que se venían realizando, los agentes decidieron aplicar el protocolo más estricto, utilizando por primera vez el nuevo dinamómetro.
Este dispositivo, un banco de pruebas de alta precisión cedido temporalmente por una empresa especializada, permite medir con exactitud y fiabilidad tanto la velocidad máxima como la potencia real del VMP.
Este factor es crucial, ya que la legislación define un patinete eléctrico (VMP) por su limitación de velocidad máxima a 25 km/h y su potencia nominal. El resultado de la prueba fue contundente: el vehículo registraba una velocidad punta de 35 km/h, una cifra que excede el umbral legal en diez kilómetros. Este margen, aparentemente pequeño, tiene implicaciones legales enormes y automáticas.
La clave de la multa no reside únicamente en el exceso de velocidad, sino en la reclasificación administrativa del vehículo. Según la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT), un vehículo autopropulsado que supera los 25 km/h o excede los parámetros técnicos de potencia establecidos deja de ser considerado un VMP y pasa a ser catalogado como un ciclomotor o, en su defecto, un vehículo que requiere autorización administrativa para circular.
Para circular legalmente a 35 km/h, el vehículo debería contar con una homologación específica, asimismo con una ficha técnica, permiso de circulación y, crucialmente, una matrícula.
El conductor, por otro lado, estaría obligado a poseer un permiso de conducción (licencia de ciclomotor) y un seguro de responsabilidad civil. Al carecer de todos estos elementos necesarios que convierten al vehículo en apto para las vías públicas bajo esa velocidad, la sanción de 500 euros se tramitó no solo por el exceso de velocidad, sino por circular con un vehículo que exigía autorización y documentación obligatoria sin disponer de ella.

Tradicionalmente, la detección de patinetes trucados se basaba en la apariencia o en la velocidad estimada en marcha, métodos que a menudo resultaban insuficientes ante posibles recursos.
En contraste, la utilización de este banco de potencia ofrece una prueba pericial incontestable, blindando la sanción frente a posibles alegaciones y aportando la seguridad jurídica necesaria para aplicar la normativa de forma rigurosa. El dispositivo, que se encuentra en la ciudad oscense en un período de prueba, ha demostrado ser una herramienta esencial para la verificación de los parámetros técnicos.
La DGT y las autoridades municipales llevan tiempo advirtiendo sobre los riesgos de modificar los VMP. Estos vehículos, al aumentar su velocidad y potencia sin una homologación adecuada, suponen un riesgo desmedido para los peatones y para el propio conductor, ya que sus sistemas de frenado, suspensión y estabilidad están diseñados para operar únicamente a 25 km/h.
De este modo, esta multa no debe verse como una mera acción recaudatoria, sino como una medida de seguridad ciudadana que busca proteger a los usuarios más vulnerables y evitar la picaresca de utilizar un patinete como un ciclomotor sin asumir las responsabilidades legales asociadas.
De esta manera, el caso de Huesca establece una hoja de ruta clara para otras ciudades españolas: la época de la impunidad para los patinetes modificados está llegando a su fin.
La introducción de tecnologías de medición precisa como el dinamómetro permite a las autoridades hacer cumplir la ley de manera efectiva, garantizando que los VMP se mantengan dentro de su nicho de movilidad sostenible y segura. Por lo tanto, el mensaje a los usuarios es ineludible: la modificación de un patinete no solo anula su garantía, sino que lo convierte en un vehículo ilegal sujeto a fuertes multas y la posible inmovilización.


