La Guardia Civil investiga a una mujer que permitió que su hijo, un menor de 10 años, condujera un coche en la vía pública

La mujer le dejó su Renault Fluence a su hijo en un polígono industrial, le grabó y después decidió subir las imágenes a redes sociales.
Hay que admitirlo: quien más y quien menos ha tenido alguna toma de contacto con la conducción antes de tener la edad legal para hacerlo. Ya sea una finca privada, en una explanada o en medio del campo; sin embargo, antiguamente se hacía y no se enteraba nadie. A día de hoy, la gente tiene las pocas luces de subir sus hazañas a redes sociales y luego pasa lo que pasa, que la Guardia Civil te caza.
Es precisamente lo que hizo una mujer, quien decidió que era buena idea dejarle a su hijo de 10 años conducir por su cuenta su Renault Fluence en una zona industrial, aparentemente entre contenedores, para grabar cómo lo hacía y luego subirlo a redes.
Suponemos que alguien le diría que no era una decisión muy inteligente, así que optó por eliminarlas, pero las imágenes ya estaban rodando por internet, así que llegaron a las autoridades.
La Guardia Civil ha compartido el vídeo en su cuenta de la red social ‘X’:
En él se puede leer: “Investigada una mujer en Irún #Guipuzkoa tras difundirse un vídeo en #RRSS permitiendo que su hijo, un menor de 10 años, condujera un vehículo en la vía pública. A pesar de que las imágenes fueron borradas por sus creadores, agentes de la #GuardiaCivil pudieron recuperarlas posteriormente e identificar a la acusada. El menor realizaba maniobras entre camiones estacionados en un polígono industrial, generando riesgo tanto para él como para el resto de personas usuarias de la vía”.
Aunque está pixelada la cara del menor, se ve claramente que es alguien joven simplemente por su talla, porque apenas alcanza a asomarse por la ventanilla del asiento del copiloto. Se ve como mete marcha atrás y como luego hace varias maniobras entre los camiones, llegando incluso a cruzarse con otro vehículo.
No hace falta ser muy listo para darse cuenta de que es una situación peligrosa, pues el menor, sin conocimiento y con un tamaño que le debería hacer complicado llegar bien a los pedales, en cualquier momento podría haber perdido el control del vehículo.
De hecho, tiene más delito todavía que su madre le grabe desde fuera. Si estuviera en el asiento del copiloto, aunque seguiría estando mal y siendo ilegal, por lo menos podría echar mano al volante o al freno de mano si la situación se complicase, pero desde fuera y a varias decenas de metros del vehículo, no hay manera alguna de interceder.
Ahora bien, ¿a qué posibles multas o sanciones se enfrentan por este comportamiento? Empezamos por las consecuencias a las que se enfrenta la madre. Como explican desde Abogados Alcoholemia Barcelona, juega un papel clave el hecho de que quien presta el coche a alguien sin carnet lo haga a expensas de saber que esa persona no tiene licencia, algo que ocurre en este caso.
En esas circunstancias, se le considera como cooperador necesario en la comisión del delito de conducción sin carnet del artículo 384 del Código Penal, que es castigado con pena de Multa o Prisión.
Así, sentencian “si dejas que alguien sin carnet conduzca tu vehículo, y se demuestra en juicio que eras conocedor de dicha circunstancia, puedes acabar condenado penalmente por un delito del artículo 384 del Código Penal por cooperar en la comisión de dicho delito”.
Por otro lado está la sanción para quien está al volante. Conducir un vehículo sin carné es un delito tipificado en el Código Penal, concretamente en el artículo 384.
Este reza: “El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días”.
Y continúa: “La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción”.
Siendo un menor no se aplican estos castigos, pero sí que se aplica una multa económica. ¿Cuál es su cuantía? Depende de la capacidad económica del infractor, pero el artículo 50 del Código Penal establece que, como máximo, puede ser de 288.000 euros.
La broma le puede salir cara a la familia. Es algo que, aunque no se debe hacer, se hace a menudo, pero hay que tener la inteligencia suficiente como para no subirlo a redes sociales.

